El Tribunal Supremo ha ratificado el veto a la presencia del Sindicato Independiente de la Policía Local de Asturias (SIPLA) en las mesas de negociación de los ayuntamientos. La sala de lo contencioso administrativo ha desestimado los argumentos de la organización sindical y corroborando los argumentos de las sentencias previas dictamina que no cumple los requisitos para intervenir en la negociación colectiva porque no representa al menos al 10% del personal funcionario y del laboral. En el contencioso planteado por el SIPLA contra la constitución de la mesa del Ayuntamiento de Gozón se sostenía que debería interpretarse como suficiente que ese porcentaje se calculase sobre uno de los dos colectivos, teniendo en cuenta además que los policías deben ser funcionarios y que cualquier otra interpretación los excluye. El tribunal entiende que con arreglo a la jurisprudencia ha de entenderse que la proporción mínima se exige tanto de un grupo como de otro.