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Una actuación "para mejorar el sistema viario del área central"

La Autovía AS-II nace con el Plan Autonómico de Carreteras 2000-2010, aprobado por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias en su reunión de fecha 23 de noviembre de 2000, que incluía entre las actuaciones previstas en la Red Regional de Carreteras la duplicación de la AS-18 entre Oviedo y Porceyo (Gijón).

El proyecto se ejecutó mediante un contrato de concesión de obra pública. Así, las necesidades a satisfacer mediante el contrato de concesión van más allá de la mera realización de las obras y, por ello, se incluye la conservación y explotación. Entendieron las autoridades autonómicas que de esta manera se daba "respuesta con mayor eficiencia y eficacia a la gestión del gasto público", así como a "la necesidad de mejorar el sistema viario del área central asturiana, aprovechando la financiación y experiencia de la iniciativa privada, que, asumiendo el riesgo de construcción, conservación y explotación de las obras en cuestión, tiene la legítima oportunidad de desarrollar una actividad empresarial en el ámbito de las infraestructuras públicas".

Con objeto de permitir una mayor vertebración de la red viaria del área central asturiana y dada la influencia que tiene en la captación de tráfico para la autovía AS-II, el contrato de concesión incluyó, igualmente, la construcción, conservación y explotación de la vía de servicio de la AS-II entre La Venta del Jamón y La Venta de Veranes y la duplicación de la carretera AS-17, entre Lugones y Bobes (Siero), quedando estos viales libres de pago por canon de demanda.

Asimismo, se incluyó la creación, por parte del concesionario, de un área de servicio en la AS-II, de la cual será explotador y beneficiario durante el periodo de concesión. En compensación, la adjudicataria percibe una tarifa unitaria por vehículo y kilómetro, diferenciando entre ligeros y pesados.

El Principado formaliza los pagos con carácter trimestral, abonando el tráfico real habido en el ejercicio precedente con la tarifa actualizada al ejercicio vigente. Posteriormente, una vez conocido el tráfico real del ejercicio vigente se realiza la liquidación, que puede ser positiva o negativa.

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