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Las madres que amamanten en entornos de riesgo tienen derecho a baja y sueldo pleno

Una pionera sentencia favorable a una enfermera admite el riesgo de infección, el efecto del estrés en la leche materna y la incompatibilidad de los turnos

Las madres que amamanten en entornos de riesgo tienen derecho a baja y sueldo pleno | GETTY IMAGES

El Juzgado de lo Social de Mieres ha dictado una sentencia pionera, al conceder a una enfermera del servicio de Urgencias del Hospital Valle del Nalón la situación de riesgo durante la lactancia natural, lo que implica que puede disfrutar de una baja de lactancia añadida a la maternal, cobrando el salario íntegro y manteniendo el mismo puesto.

El fallo judicial tiene en cuenta el riesgo de infecciones, el estrés emocional que puede afectar "a la producción y calidad de la leche materna", y la incompatibilidad de los turnos con los horarios de comida del bebé.

La demandante había solicitado el reconocimiento de la situación de riesgo durante la lactancia natural, pero le fue denegado por la mutua del Servicio de Salud del Principado (Sespa). Tras agotar la vía administrativa, la enfermera decidió presentar una demanda. Se da la circunstancia de que la misma mutua sí le había concedido esta misma petición cuando había tenido otro hijo.

Las madres trabajadoras, además de la baja por maternidad, tienen reconocido legalmente otro derecho que es la situación de riesgo durante la lactancia natural, que es el que solicitó la demandante, representada por el letrado José Manuel Álvarez Fernández, del despacho Asturlex Abogados. Sin embargo, las mutuas vienen denegando sistemáticamente que se diese dicha situación y por tanto, deniegan las prestaciones.

El titular del Juzgado de lo Social de Mieres, Manuel González-Portal, desestimó los informes de la mutua, "aplicando los principios de protección y no discriminación de la mujer trabajadora, conforme a las interpretaciones emanadas del Tribunal de Justicia de la UE", explicaron desde el bufete de abogados.

Según consta en la sentencia, "la disposición de equipos de protección frente a agentes biológicos no es suficiente garantía para reducir o eliminar el riesgo asociado al puesto de trabajo cuando aquellos agentes no son previstos ni detectados". Y añade que el puesto de trabajo "entraña un riesgo cierto de exposición" a distintos agentes biológicos cuando la profesional realiza toma de muestras, además de las malas condiciones higiénico-sanitarias que algunos pacientes presentan cuando llegan a Urgencias. El informe del servicio de prevención también constata el riesgo exposición a radiaciones, "particularmente por razón de los equipos portátiles utilizados en los servicios de urgencias".

A esto se suma que el turno de noche es de diez horas y que los horarios "resultan inadecuados con los periodos regulares de alimentación del lactante". Y "es indudable además" que la demandante está sometida por su puesto de trabajo a un "acusado estrés emocional con incidencia en la producción y calidad del alimento materno".

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