El Gobierno del Principado ha aprobado esta mañana la sistematización de un protocolo de actuaciones anticontaminación de carácter preventivo para tratar de atajar repuntes de los niveles de partículas contaminantes en periodos prolongados de estabilidad atmosférica El documento recién autorizado complementa las medidas de los planes de calidad del aire vigentes para las zonas de Gijón y Avilés y extiende su ámbito de competencia a dieciséis municipios del área central asturiana. Según la versión que de él ha dado el consejero de Infraestructuras, Fernando Lastra, el protocolo dota de "dimensión metropolitana" a la prevención de la contaminación y es fruto del consenso entre administraciones a través del trabajo de la Federación Asturiana de Concejos (FACC) y de las aportaciones recibidas en un proceso de participación pública. Entre las sugerencias que el Principado dice haber atendido e incorporado al documento está la inclusión de un nuevo contaminante, el dióxido de nitrógeno (NO2), la activación del protocolo en su nivel 0 para el contaminante de partículas menores de 2,5 micras, las PM2,5 o toda una serie de medidas de limitaciones de tráfico o actividad industrial en casos de anticiclones prolongados. Del protocolo recién aprobado destaca Lastra su potencialidad de tomar medidas en ese nivel 0, o "preventivo", incluso antes de que se alcancen los límites legales de partículas contaminantes en suspensión.

El sistema se estructura en tres niveles, el preventivo, el de aviso y el de alerta, en función del grado de concentración que alcancen las partículas contaminantes, y las medidas previstas, a lo largo de las tres zonas que abarcan los entornos de Gijón, Oviedo, Avilés y las Cuencas, van desde las meramente informativas hasta el riego de carreteras o la limitación de velocidad en las carreteras de la red estatal y autonómica -de 120 a 90 en autopistas-, así como la prohibición de la circulación de vehículos pesados o la reducción de los billetes del transporte público en un veinte o un cuarenta por ciento en función del grado de superación de los niveles contaminantes previstos. Se prevé asimismo la limitación de obras y actividades que generen contaminación o en instalaciones industriales o portuarias, la exigencia de riegos en estas dependencias, la reducción de las operaciones de carga y descarga la prohibición de operaciones de manipulación de graneles a la intemperie. En las industrias que disponen de sistemas automáticos de medida continua de sus emisiones se puede llegar a exigir una reducción de la producción o una parada temporal de las instalaciones.