"Hazte Oír" ha recurrido la sentencia de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), que este mes acordó el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa contra Daniel Ripa, secretario general de Podemos Asturias, por un altercado que ocurrió en mayo de 2017 en Pola de Lena con el autobús de este colectivo, que se encargó de difundir por toda España y también por Asturias mensajes contra los colectivos transexuales.

"Hazte Oír" no está conforme con la decisión del TSJA y ha presentado un recurso en el que alega que Daniel Ripa acudió a la "manifestación en Lena acompañado en su coche por una activista transexual, investigada en la causa sobre la manifestación por los derechos 'trans' frente al autobús de este colectivo". Prosigue el recurso alegando que Ripa debe "considerarse cooperador necesario" y añaden que la frase del secretario general de podemos que aseguró a "Hazte Oír" que no eran bienvenidos en Asturias, "constituye motivo de delito".

Daniel Ripa ya tuvo que prestar declaración en mayo de este año por este caso, en el que el colectivo "Hazte Oír" pedía para el secretario general de Podemos una pena de catorce años de cárcel por el rifirrafe que tuvo lugar en Pola de Lena. El autobús de "Hazte Oír" se paseó por Asturias con una mensaje contundente en su lateral "lo dice la biología: los niños tienen pena. Las niñas tienen vulva". No al adoctrinamiento de género".

No hubo agresión

Daniel Ripa siempre ha mantenido que en ningún caso se produjo ninguna agresión contra el colectivo pero que él se posicionaba en contra de "el discurso de odio" que estaban divulgando en el autobús por toda España y también en Asturias.

Según el magistrado del caso, la declaración de Ripa resultó "creíble" acorde a las pruebas documentales por lo que "no se aprecia delito alguno", dejando claro que el secretario general de Podemos "se limitó a expresar su opinión (libertad de expresión) en voz alta respecto al mensaje no compartido de 'Hazte Oir' y sin lanzar objetos contra el autobús".

El auto, que no es firme, podía recurrirse en apelación ante la Sala Civil y Penal del TSJA en el plazo de cinco días hábiles y es precisamente lo que han hecho desde "Hazte Oír", que siguen considerando que la actitud de Ripa es constitutiva de delito.

Desde Podemos Asturias han preferido no manifestarse respecto a este recurso presentado por "Hazte Oír".