La Audiencia Provincial ha condenado al exlíder minero José Ángel Fernández Villa a tres años de prisión por un delito de apropiación indebida continuado. El tribunal ha hecho pública la sentencia esta mañañana e impone, además, a Villa una multa de 24.000 euros (diez meses a razón de 80 euros el día), así como la indemnización al SOMA de 431.330 euros, prácticamente una cuantía igual a la que el sindicato minero le reclamaba.

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, explica que Villa «hizo suyo y destinó el dinero del sindicato para sus propios gastos, utilizando los recursos ajenos en su provecho y beneficio exclusivo, extendiéndose esa conducta durante años y llevándose a cabo de diversas maneras y formas y por diferentes cantidades cada vez».

El fallo de la Audiencia Provincial declara como probado, entre otras cosas, que el acusado, entonces secretario general del SOMA, «que representaba y dirigía, prevaliéndose de su posición jerárquica sobre el resto de miembros y trabajadores, que no ponían en duda ni discutían sus decisiones o deseos, aprobando incluso su gestión, algunos, tal vez, por desconocimiento, logró percibir las cantidades reseñadas en los hechos declarados probados de esta sentencia, perjudicando el patrimonio del sindicato y encajando su conducta en las dos modalidades del delito de apropiación indebida».

La Fiscalía solicitaba para el exlíder minero cinco años de prisión y una indemnización de 434.158 euros para el SOMA mientras que la acusación particular ejercida por el sindicato que el propio Villa dirigió durante décadas solicitaba 6 años de prisión y una indemnización de 431.311 euros.

José Ángel Fernández Villa, que fue miembro de la FSA, de la comisión ejecutiva federal del PSOE, senador por Asturias y diputado en la Junta General del Principado, ha sido condenado finalmente a una pena de 3 años de prisión y diez meses de multa, a razón de 80 euros diarios, lo que hace un total de 24.000 euros y una indemnización para el SOMA de 431.330,77 euros, así como la mitad de las costas judiciales. En la sentencia de la Audienia Provincial, presidida por la magistrada Maria Luisa Barrio, se declara como probado que la demencia que atribuía la defensa del exsindicalista como eximente en esta causa no era tal, pues tras los infomes forenses corespondiente se constantó que Villa se hallaba "en plenitud de sus facultades mentales, pudiendo comprender y expresarse aunque padezca amnesia, que no equivale a demencia sobrevenida".