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El Supremo dio la razón a Amieva, que denunció que salía perjudicado por el cese de la caza sin compensación económica

La pregunta para la que no hay respuesta oficial es: ¿Por qué lleva el parque suma trece años sin plan de uso? Porque en el 27 de abril de 2005 el Tribunal Supremo concluyó que el PRUG aprobado tres años antes, después de más de un lustro de debates, discusiones y desencuentros -y 33 borradores-había vulnerado la ley al no incluir el régimen económico y de compensaciones. El Supremo daba así la razón al Ayuntamiento de Amieva, que había recurrido el documento al sentirse perjudicado en cuestiones como el cese de la caza en el concejo y la ausencia de una compensación económica en el plan de uso.

Al recurso de Amieva se habían sumado la Junta Vecinal de Valdeón (León) y la Asociación de Propietarios Afectados por el Parque de los Picos de Europa (Asape).

A partir de la sentencia del Supremo los rectores del parque nacional no hicieron más esfuerzos por aprobar otro plan rector, debido, sobre todo, a la ya citada falta de entendimiento entre Asturias y las otras dos comunidades autónomas de los Picos de Europa, y a que solo un año antes del fallo judicial, en 2004, otra sentencia, en este caso del Tribunal Constitucional, puso patas arriba a red de parques nacionales, al concluir que la gestión de estos espacios protegidos, en manos del Estado desde 1918, debía pasar a las comunidades autónomas.

El proceso de cesión de las competencias, extremadamente complejo en el caso de los Picos de Europa al ser entonces el único parque integrado por más de una comunidad autónoma, impidió destinar esfuerzos políticos a la redacción de un nuevo PRUG. Y cuando se culminó la cesión competencial, el 30 de diciembre de 2010, los rectores del parque nacional ya habían comprobado que estaban "cómodos" sin plan de uso pues les permitía actuar de manera discrecional, aunque ecologistas y ganaderos, por razones distintas, aseguraron que en ocasiones también hubo decisiones "arbitrarias".

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