El incremento del número de licencias y de la rentabilidad obtenida con la recogida de algas de arribazón -las que llegan con la marea a la costa sin haber sido previamente arrancadas exprofeso-, ha llevado a la Consejería deDesarrollo Rural y Recursos Naturales del Principado

a publicar la primera regulación en la que de forma expresa se admite el uso de tractores, previa autorización de la Demarcación de Costas, para esta actividad. Además, dichos vehículos podrán incorporar rastrillos de una longitud máxima de 8 metros.

La normativa regional acota que será maquinaria que deberá operar en la orilla, sin que el agua pueda sobrepasar los ejes de las ruedas traseras. Y en todos los casos, además, deberá existir una distancia mínima de separación de 2,50 metros entre cualquier tractor y un recolector que no esté utilizando este medio. Hasta ahora la normativa que regulaba esta actividad había que buscarla en la publicada en el Bopa del 20/07/1988 y en ella se prohibía expresamente valerse de artilugios que flotasen, algo que ahora se modifica.

La nueva norma asturiana se publica hoy en el BOPA y en ella se dice que se permitirá la recolección de ocle en todas aquellas zonas para las que no exista una prohibición expresa, respetando siempre la normativa en materia de medio ambiente y de dominio público marítimo-terrestre.

La Dirección General de Pesca Marítima, si lo considerase oportuno, podrá designar zonas de recogida para cada licencia, en función de las solicitudes recibidas y del estado del recurso. En este caso, tan sólo se permitirá la recogida en la zona asignada para cada permiso.