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Las personas con discapacidad podrán entrar con su perro guía al cine

Una futura norma asturiana equiparará los canes de las personas con minusvalía a los lazarillos: tendrán acceso a locales públicos

De las piscina -sin entrar al agua- hasta la empresa, pasando por el cine, los transportes y todo tipo de edificios e instalaciones tanto públicas como privadas. Las personas con discapacidad, minusvalía o que sufren enfermedades como la epilepsia, que necesitan un perro de asistencia para desarrollar sus actividades cotidianas, podrán gozar de los mismos derechos en el Principado que los invidentes y sus perros guía. Esto es lo que persigue el proyecto de ley que ultima el Principado y que ayer se trató en Consejo de Bienestar Social.

El anteproyecto de ley ya se sometió a información pública y deberá ser aprobada en el Parlamento regional. El objetivo es favorecer la autonomía personal de las personas con discapacidad e incluso de aquellas que sin tener reconocida una minusvalía sufran una enfermedad que requiera de esa asistencia. Lo que se pretende es que estas personas "alcancen una mayor calidad de vida y una mejor inclusión social".

Los derechos conllevan también obligaciones, y su incumpliento supondrá sanciones que oscilarán, según la gravedad, desde los 50 hasta los 10.000 euros. El texto reconoce la condición de perro de asistencia y establece los derechos y obligaciones de las personas que pueden requerir este apoyo de manera temporal o permanente. Así, figura la diferencia entre propietario y persona usuaria, la definición y obligaciones de los instructores de estos animales y de las entidades en las que se les adiestra; al agente socializador que colabora con ellos; los contratos de cesión del animal y hasta el distintivo de identificación que debe mostrar el perro en todo momento.

El usuario de un perro guía no sólo tendrá reconocido el derecho de acceso, con la constante permanencia del animal a su lado, a los edificios, transportes e instalaciones públicas y privadas de uso colectivo y al mundo laboral, sino también a deambular sin verse interrumpidos por obstáculos.

Pero también existen obligaciones, como que el perro esté en perfecto estado de salud, identificado y registrado. Y prohibiciones, como acceder a zonas de manipulación de alimentos y de acceso exclusivo al personal por ejemplo en restaurantes o cafeterías, al agua de las piscinas, al interior de atracción, y a zonas en las que las condiciones de higiene sean especiales, como áreas médicas y quirúrgicas. Las sanciones oscilarán de leves a graves. De 50 a 10.000 euros.

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