La Audiencia de Madrid ha absuelto a la Asociación de Enfermería de Asturias (AEA) y su ex presidente de haber vulnerado el honor de la hija del expresidente del órgano colegial, al verter comentarios en su blog sobre ella irónicos y satíricos con imágenes, entre otros, del jefe de Estado coreano Kim Jong-Un.

El tribunal ha rechazado la apelación de M.E.L., hija del presidente del Codepa fallecido, E.L., contra la sentencia que desestimó la demanda frente a la Asociación de Enfermería de Asturias y su expresidente, Marcos Lastra, por el artículo "La asesora y un mal peu: Una historia de cine negro", y el vídeo "Puntualizaciones a las puntualizaciones del Codepa. En el artículo se hacía referencia a un procedimiento penal donde estaba imputado el padre de la demandante, y se criticaba el nombramiento de ésta como asesora de la revista que edita el órgano colegial.

A juicio de la sala, las manifestaciones efectuadas deben enmarcarse como ejercicio del derecho a la libertad de expresión, dentro de un contexto profesional, y, por tanto, ha de preponderar sobre su derecho al honor.

El tribunal entiende que no hubo una intromisión ilegítima en el derecho al honor, en cuanto no existen expresiones injuriosas, aunque se utilicen términos cinematográficos para explicar esta relación, donde entre otras expresiones se citaba que había una "curiosa estampa de relación paternofilial al estilo Coppola".

Tampoco hay intromisión en las críticas hacia la valía profesional de M.E.L. al entrar dentro de la libertad de expresión de la asociación, que considera que la demandante no es la persona más adecuada para ejercer ese cargo retribuido, pero a la que no se alude con términos insultantes.

Lo mismo ocurre, en opinión de los magistrados, respecto del vídeo por más que en él se haga una crítica satírica e irónica, incluyendo risas y la imagen de un perro o del jefe de Estado de Corea del Norte, Kim, Jong-Un, pues todo ello se enmarca en la misma crítica profesional a la designación de la demandante como asesora de la revista.

La Audiencia resalta que la imagen de M.E.L. que se incorpora al vídeo cuando fue investida Doctor Honoris Causa por el New York College of Podiatric Medicine de New York, de 2007 tampoco suponen una vulneración del honor, al haber dado su consentimiento para su difusión en las revistas Formación en Podología e Impulso.

Contra la sentencia cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.