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Condenan a cien días de trabajos para la comunidad al agresor de su novia menor

El magistrado no ve agresiones continuadas y desestima la petición de cárcel: se enfadaba pero no imponía su voluntad con violencia, sostiene

Condenan a cien días de trabajos para la comunidad al agresor de su novia menor | Shutterstock

Oviedo, Marián MARTÍNEZ

Cien días de trabajos en beneficio de la comunidad es la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 4 de Oviedo a un joven para el que la Fiscalía solicitaba dos años y nueve meses de prisión por un presunto delito de violencia habitual y dos de lesiones sobre su novia, a la que según el Ministerio Fiscal habría maltratado desde que tenía 14 años y durante aproximadamente un lustro.

El magistrado, sin embargo, ha entendido tras la vista oral que no se ha probado que existiera maltrato habitual, pese a que el relato del acusado no es creíble. Sí hay un delito de lesiones y otro de maltrato de obra, coincidiendo con la tesis del letrado de la defensa, Jorge García, quien en todo momento negó malos tratos.

La denuncia por los malos tratos la interpuso la madre de la joven, después de que tuviera conocimiento de que el joven le había propinado en una ocasión una patada a su hija y en otra un puñetazo en un ojo. Pero la joven siempre negó los malos tratos, hasta que cambió su versión para sorpresa de todo en el juicio. En la vista oral relató que a su entonces novio no le gustaba que utilizara pantalones cortos, ni que saliera con amigas. Pese a cambiar su relato y admitir en el juicio que su novio le había pegado en dos ocasiones, mantuvo que no entendía los motivos de la denuncia.

El magistrado señala en su sentencia que "contamos con un conjunto probatorio apto para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste al acusado". Pero añade el fallo que "la escasa concreción e individualización de los hechos en los que habría cristalizado el control sobre los hábitos y costumbres de su pareja (?) ha de sumarse que la prueba practicada no permite declarar acreditado otra cosa distinta a que el acusado se enfadaba" sin que "hubiera impuesto su voluntad a su pareja mediante el empleo de violencia física o psíquica".

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