El ministerio público pide penas suman dos años y medio de cárcel y multas por importe de 10.800 euros para la propietaria y el constructor de un chalé en Infiesto. Lo que iba a ser una construcción de ocho metros cuadrados, se convirtió en una vivienda de 130. Resulta que la mujer había pedido permiso al ayuntamiento de Piloña para hacer una caseta de aperos, pero en realidad se construyó un chalé. El fiscal considera que se trata de un delito contra la ordenación del territorio. Se juzga mañana en el Juzgado de lo penal número 1 de Oviedo.

La acusada, tras adquirir mediante escritura pública otorgada el día 18 de noviembre de 2013 una parcela en Infiesto, con pleno conocimiento de su situación urbanística y sin haber estado nunca dada de alta en una actividad agrícola o ganadera, "siendo su voluntad la edificación de una vivienda de carácter residencial", solicitó el 8 de abril de 2014 una licencia municipal de obras para la construcción de una caseta de aperos de 8 metros cuadrados en la parcela, que le fue autorizada. Una vez conseguida la licencia, apartándose totalmente de la misma, realizó las siguientes obras, para la que contrató los servicios del constructor acusado: Movimiento de tierras para acondicionamiento de la finca y ejecución de camino de entrada en el interior de la parcela, para lo cual ni tuvo ni solicitó posteriormente licencia alguna; y la construcción de una edificación destinada a vivienda unifamiliar aislada de planta cuadrada, que se desarrolla en planta baja y primera, con porche exterior anexo y cubierta a dos aguas, con una superficie construida de unos 129,73 metros cuadrados.

El constructor, dice el fiscal, sabía que la casa carecía de las licencias para ello, y que la normativa no las permitía. Conforme el Plan General de Ordenación Urbana del Municipio de Piloña (PGOUP), aprobado definitivamente el 10 de julio de 2006, la parcela se encuentra clasificada dentro del suelo no urbanizable, calificada como de interés, siendo la misma de uso agrario. Con carácter general dentro de esa calificación urbanística solo se considera uso permitido, y con carácter excepcional, la construcción de nuevas edificaciones de uso residencial agrario, esto es, vinculadas a una explotación agraria debidamente vinculada e inscrita en el órgano competente en materia agraria de la administración autonómica.

La acusada no es titular, ni lo ha sido nunca, de ninguna explotación agraria ni ganadera. Las obras resultan ilegalizables al ser contrarias a normativa urbanística de aplicación.

Para la propietaria, el fiscal pide año y medio de cárcel y multa de 6.480 euros. Para el constructor, un año de cárcel y multa de 4.320 euros. la primera no podrá promover o contruir vivienda alguna en año y medio, el segundo en un año. El fiscal también pide la demolición de la obra y reposición a su estado originario de la realidad física alterada.