Las tres menores acusadas de hacer la vida imposible a una adolescente de 15 años en Llanes, durante los últimos meses de 2017, tendrán que pasar de nuevo ante el juez. La sección segunda de la Audiencia Provincial ha revocado la sentencia del Juzgado de Menores que absolvía a las tres adolescentes, al considerar que no se valoraron adecuadamente las pruebas y que la conclusión adoptada por la jueza "no parece obedecer a un juicio racional y lógico". El tribunal ordena remitir el asunto al juzgado de procedencia y volver a repetir el juicio por un juez distinto al que lo juzgó.

Las menores estaban acusadas de acosar a una compañera que, debido a una enfermedad congénita, no puede tener 16 piezas dentales. A la víctima la llamaban "sindi", versión abreviada de "sin dientes", pero también "sidosa, calva y asquerosa". Según la denuncia, las menores llegaron a hacer pintadas en la pista de skate de Llanes, del tenor: "Sindi la chupa sin dientes", asociado a su cuenta de instagram.

La menor tuvo que recibir tratamiento a consecuencia de estos hechos ocurridos a finales de 2017. La jueza de menores entendió que los insultos habían existido, pero no habían afectado gravemente a su integridad moral. La madre de la víctima, Rosalía Otero, cuyos intereses defiende la abogada Belén González, pedía trabajos socioeducativos y 3.000 euros de indemnización. Tras la absolución dictada por el Juzgado de Menores, la madre recurrió ante la Audiencia. La Fiscalía, que acusó en el primero juicio, no se unió al recurso.

Según el fallo de la Audiencia, del que ha sido ponente la magistrada presidente del tribunal, Covadonga Vázquez, "vista la edad de la víctima, la autoría conjunta de los hechos que se estiman probados por las tres menores denunciadas, los términos y vocablos que fueron proferidos por las menores, en relación con los padecimientos físicos que sufre la víctima, y por último el tiempo durante el que se prolongó dicha situación, llevan a estimar que el conjunto probatorio existente no ha sido debidamente valorado en la instancia, por cuanto la conclusión alcanzada no parece obedecer, en atención a la motivación en que se justifica, a un juicio racional y lógico, por lo que, no siendo compartida por este Tribunal, resulta procedente la estimación del recurso de apelación interpuesto y la revocación de la sentencia dictada con anulación de la misma y del juicio celebrado a fin de que por diferente juzgador, se proceda a una nueva celebración".

Alguna de las acusadas formó parte del grupo de Whatsapp "Niñas Suicidas", donde las integrantes se animaban a autolesionarse en los brazos y otras partes del cuerpo.