Su hermana no le avisó del fallecimiento de su madre y entró en cólera, que su cuñado trató de atemperar y que le acabó costando la visión de un ojo. Ahora, la Fiscalía solicita para el agresor una condena de seis años de prisión, una orden de alejamiento de diez años y una indemnización de 63.250 euros por las lesiones y las secuelas causadas. El juicio será el próximo día 10 en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo.

Los hechos se remontan al 19 de marzo de 2014, cuando el ahora acusado se presentó en el tanatorio de Avilés visiblemente excitado porque le habían comunicado que su madre había fallecido pero su hermana no le había avisado. Según el escrito de acusación de la Fiscalía, "nada más entrar en la sala del velatorio, comenzó a armar escándalo, insultando a todos los presentes".

El marido de su hermana, de 57 años, le recriminó su conducta y el procesado se abalanzó entonces sobre él y le "golpeó indiscriminadamente en el rostro, le introdujo violentamente un dedo en el globo ocular izquierdo, provocándole un traumatismo ocular con herida corneal perforante y pérdida de contenido intraocular, que necesitó una operación quirúrgica", asegura la Fiscalía en su escrito de acusación provisional.

El herido tardó 545 días en curar, quedándole como secuela un déficit de agudeza visual prácticamente total, un perjuicio estético moderado y un trastorno ansioso-depresivo reactivo.

La Fiscalía considera que el agresor es autor de un delito de lesiones y solicita una condena de seis años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, prohibición de acercarse a su cuñado a menos de 200 metros, a su domicilio, lugar de trabajo o lugar en el que se encuentre en cualquier momento y de comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento durante 10 años.

En concepto de responsabilidad civil, se ha solicitado que el procesado indemnice a 27.250 euros por las lesiones causadas y con 36.000 por las secuelas, más los intereses legales correspondientes, así como que abone los gastos de curación que se acrediten.