Un juzgado de Madrid ha anulado una multa a un conductor por un exceso de velocidad captado por el helicóptero Pegasus, que suponía la pérdida de dos puntos y 300 euros. Y es que Tráfico no acreditó las revisiones periódicas obligatorias del radar. En la sentencia, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Madrid deja sin efecto la sanción de agosto de 2018 e impone a la Administración el pago de las costas, hasta 200 euros. Al conductor se le había impuesto la sanción al ser captado por el Pegasus mientras circulaba a 138 kilómetros por hora en una zona limitada a 100.

Pyramid Consulting presentó el recurso al considerar que hay una falta de acreditación de las revisiones periódicas obligatorias de estos radares que demuestren que las imágenes captadas no han sido alteradas ni captadas erróneamente. Tanto los cinemómetros como las cajas en que se encuentran tienen que pasar controles periódicos y se debe certificar que se someten a revisiones periódicas cada 6 años, o su uso estará prohibido. El fallo, firme, abre la vía a otras impugnaciones.