La Fiscalía solicita cuatro años de cárcel para un empresario del transporte ovetense, cuya identidad se corresponde con las iniciales J. Z. S., por amenazar, insultar y zarandear a su ex pareja, a la que tenía prohibido acercarse por orden judicial.

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Oviedo impuso al acusado el 2 de mayo de 2019 las medidas cautelares penales de prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de su excompañera sentimental y de comunicar con ella.

En fecha no concretada, una persona cuya identidad no consta se puso en contacto con la mujer, que estaba residiendo en una casa en Piloña, para devolverle una medicación y una máquina de insulina que había dejado en el domicilio del acusado.

Sobre las ocho de la tarde del 4 de mayo de 2019, vigentes las medidas cautelares en cuestión, la mujer salió de la vivienda de Piloña para tirar la basura y comprobar si le habían dejado en las inmediaciones la medicación y la máquina en cuestión. Así, dio una vuelta alrededor de una nave cercana y se encontró con que junto a un automóvil estaba esperándola el acusado, quien la agarró del pelo, la zarandeó e intentó introducirla por la fuerza en el vehículo, que tenía la puerta entreabierta, al tiempo que la insultaba llamándola "hija de puta" y le decía que le había "metido en los calabozos" y que la iba a matar. Estos hechos fueron presenciados por una vecina, que se dirigió hacia el acusado diciéndole que dejase a la mujer. Ante esta irrupción, el acusado soltó a su expareja y abandonó el lugar a bordo del automóvil.

A consecuencia de estos hechos, la víctima, que desde hace años está diagnosticada de trastorno depresivo y trastorno de la personalidad, resultó con cervicalgia postraumática y crisis de angustia, por lo que precisó una asistencia facultativa y tratamiento médico consistente en tratamiento farmacológico sintomático, apoyo psicoterapéutico y ajuste de la medicación psicofarmacológica prescrita previamente, tardando en curar siete días. Le quedó como secuela una agravación o desestabilización del proceso psicopatológico que padecía antes de los hechos.

La Fiscalía considera que los hechos constituyen un delito de lesiones, otro de detención ilegal en grado de tentativa y un tercero de quebrantamiento de medida cautelar, todos en ellos en relación de concurso ideal, por lo que se aplicará en su mitad superior la pena prevista para la infracción más grave (el delito consumado de lesiones cualificadas). Concurre en el delito de detención ilegal en grado de tentativa la circunstancia mixta de parentesco como agravante de la responsabilidad criminal.

Y solicita que se condene al acusado 4 años de prisión y prohibición de aproximarse y de comunicar con la mujer durante 7 años, que le impedirá acercarse a menos de 500 metros de la víctima, de su domicilio, de su lugar de trabajo y de cualquier otro que frecuente, así como establecer contacto escrito, verbal o visual con ella por cualquier medio.

Además, en concepto de responsabilidad civil, el acusado indemnizará a la víctima en 2.661,18 euros por lesiones y secuelas y al Sespa, con el importe de la asistencia sanitaria prestada a la víctima, que se determinará en ejecución de sentencia. Todo ello más los intereses legales correspondientes.