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La pena en juego: de uno a cuatro años de prisión

La defensa deberá probar que la droga no tuvo influencia, algo que queda a valoración de la jueza

El joven conductor de la furgoneta causante del siniestro que acabó con la vida de Misael García se enfrenta ahora al procedimiento judicial que determinará su grado de responsabilidad. Tiene delante un posible juicio por homicidio imprudente. En ese supuesto, una condena le supondría entre uno y cuatro años de cárcel.

De una manera esquemática se puede plantear que el futuro judicial de N. Y. se articula en la secuencia "influencia-imprudencia-homicidio". Fuentes jurídicas explicaron ayer a este diario que el informe del laboratorio pericial de la Guardia Civil sobre el positivo por cannabis será determinante a la hora de que el fiscal valore si el consumo de esta droga pudo tener influencia sobre el pilotaje del investigado. Todo indica, según el primer análisis, que fumó la sustancia al menos cuatro horas antes del accidente: "Llegado el caso, el abogado defensor deberá acreditar que el siniestro hubiera ocurrido independientemente de haber consumido esta droga y que no estaba en absoluto condicionado por sus efectos", apunta un veterano abogado experto en este tipo de casos.

El procedimiento judicial que determinará el alcance de la responsabilidad de N. Y. tiene su complejidad. El Código Penal establece que "quien por imprudencia grave causare la muerte de otro será castigado como reo por homicidio imprudente con la pena de prisión de uno a cuatro años". En este punto la ley se remite a la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 379 del Código Penal. Este apartado en concreto recoge los casos de accidente con vehículos a motor. "Es precisamente en el punto de consumo de sustancias tóxicas donde emerge una especie de vacío legal que complica este caso", remarcan los expertos judiciales. El comentario se refiere a que el Código Penal dictamina que a partir de 0,60 miligramos de alcohol por litro de sangre el procedimiento debe ser penal: "El problema es que en el caso de la droga no existe una referencia aritmética, es todo mucho más valorativo". Es decir, en última instancia deberá ser la jueza, en función de las pruebas que tenga en su poder, quien tome una decisión sobre la influencia.

El Juzgado de Lena llamará a declarar a N. Y. en cuanto la Guardia Civil cierre por completo toda la investigación. Siempre según las ya citadas fuentes judiciales, el alcance de la acusación quedará a la interpretación del fiscal que lleve el caso. Ahora bien, independientemente de que se considere que el consumo de cannabis tuviera o no influencia en el fatal desenlace, el investigado no tienen sencillo encontrar una escapatoria judicial. El hecho de que no hubiera calzado con cadenas su vehículo cuando era obligatorio es un factor que juega también en su contra: "El fiscal puede dejar pasar una imprudencia, pero cuando se establece una doble causa levantar la presunción es más complicado".

Con todo, los expertos judiciales y policiales ven improbable que el conductor leonés pueda acabar en la cárcel. Otra cosa es que pueda ser finalmente juzgado e incluso condenado por homicidio imprudente. "Si es condenado, aunque finalmente evite la cárcel, se enfrentará a un escenario muy comprometido en lo económico, ya que las aseguradoras pleitearán con toda seguridad y el peso de las probables indemnizaciones podrían recaer directamente en él", matizan.

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