José Manuel Otero Novas, exministro de la Presidencia y ministro de Educación con Adolfo Suárez, solicitó a la Audiencia Provincial de Asturias la devolución de 2.999 euros con las que contribuyó al pago de la fianza de 100.000 euros para sacar de la cárcel en libertad provisional al exconsejero de Educación del Principado José Luis Iglesias Riopedre.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial que juzgó el "caso Marea", que supuso el juicio por corrupción más importante celebrado en Asturias, ya respondió en un auto al exministro y amigo de Riopedre, rechazando su petición e indicándole que como no es parte del procedimiento, debe realizar su petición en "debida forma", promoviendo una "tercería de dominio". Se trata de la fórmula legal por la que un tercero interviene en un proceso judicial al entender que ha sido perjudicado por el embargo realizado sobre un bien de su propiedad. En este caso, los 2.999 euros que le prestó a Riopedre.

La Audiencia Provincial comunicó ayer varios autos en relación a recursos presentados por los condenados por el "caso Marea". Entre ellos uno en el que ratifica el embargo de los 100.000 euros de fianza del exconsejero de Educación, para destinarla al pago de la multa a la que fue condenado. Esa decisión, que previamente ya había sido adoptada por la Letrada de la Administración de Justicia del TSJA, ya había tenido en cuenta que ese dinero provenía de un préstamos de quienes pusieron fondos para afrontar dicha cuantía.

Además, en otro Auto el tribunal acuerda tener por promovida la liquidación de la sociedad de gananciales por la esposa de Jose Luis Iglesias Riopedre, para que se sustituyan en el embargo los bienes comunes por la cuota que el penado ostenta en la sociedad de gananciales.

Otro Auto de la Audiencia Provincial también desestima el recurso de súplica presentado por el empresario Alfonso Carlos Sánchez contra el embargo de los 300.000 euros aportados para su libertad provisional. También han sido rechazados sus recursos contra las providencias para determinar su responsabilidad civil. Además, en una providencia también notificada hoy se comunica que este empresario no ha pagado los dos primeros plazos del fraccionamiento que se le otorgó para el abono de la multa, por lo que se declara vencido el total y acuerda seguir la vía de apremio.

El tribunal de la Sección Tercera también ha rechazado los recursos de súplica presentados por los empresarios Maximino Fernández y Antonio Azorín contra su ingreso en prisión. Ambos se le da de plazo máximo el 17 de febrero para que se presenten a recoger el mandamiento y entren la cárcel. Ambos fueron condenados a las penas más bajas del "caso Marea", un año de prisión y ocho meses, respectivamente.

En condiciones normales, al tratarse de penas inferiores a dos años, podrían evitar el ingreso en la cárcel, pero los magistrados entienden que "entran de lleno en lo que se conoce como 'corrupción' de la Administración", y causaron un evidente "daño social, representado por el quebranto de la integridad y dignidad de las instituciones públicas". Si se evitase su entrada en prisión, la pena dejaría de tener el necesario efecto "disuasorio", según la Audiencia Provincial.

La exfuncionaria Marta Renedo tampoco ha salido bien parada en las últimas decisiones de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial. Otro de los Autos desestima su recurso de súplica frente a los criterios aplicados para abonar las comparecencias quincenales a la extinción de la pena de prisión. Renedo insistía en que se le restara un día de prisión por cada tres comparecencias, en vez del acuerdo de los magistrados para abonar un día de prisión por cada ocho. También pedía que se les restase un día por cada uno de los días que asistió al juicio. El Auto rechaza ambas peticiones.

En otro Auto se resuelve sobre las pruebas propuestas por las partes para calcular la indemnización a favor del Principado de Asturias, rechazando varias de las que habían interesado Marta Renedo y el Principado. A la defensa de Renedo se le concede ahora un trámite para alegaciones sobre la cantidad que se le reclama de indemnización (las demás partes ya hicieron sus alegaciones). Una vez que la acusada conteste, la Audiencia estará en condiciones de determinar la cuantía de la indemnización.

Por último, otro Auto desbloquea las cuentas de la sociedad BUGA 90 S.L, ya que no fue condenada no consta que cuando se decretó el bloqueo existieran en dichas cuentas saldos pertenecientes a Maria Jesús Otero, la directora general que fue mano derecha de Riopedre en la Consejería de Educación

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