La Audiencia Provincial de Oviedo da la razón a veinte vecinos de los pueblos allandeses de Lomes, El Otero y Tarallé sobre la propiedad privada de un terreno en el que se asientan 19 aerogeneradores de los 59 que integran el parque eólico de la sierra de los Lagos. El fallo confirma la pertenencia de la tercera parte del suelo del parque eólico a una veintena de vecinos, que a partir de ahora percibirán el canon devengado por dicha ocupación. Un pago que tendrá efectos retroactivos, por lo que recibirán lo que les correspondería desde el día 8 de octubre de 2003 hasta la actualidad, además de los intereses legales generados desde entonces.

La reclamación se remonta al año 2000, cuando las administraciones preparaban la autorización de la construcción del parque eólico y entendían que el terreno elegido formaba parte del monte de utilidad pública conocido como Sierras Vidajeron, Fonterroxa e Iboyo. Sin embargo, los vecinos consideraban que una parte del terreno pertenecía a la finca privada "Braña de Soutiel", que estaba inscrita en el Registro de la Propiedad de Tineo desde 1871 a nombre de sus antepasados.

Representados por el abogado cangués Mario Gómez, los vecinos iniciaron entonces una lucha en los Juzgados, primero para actualizar los títulos de propiedad del monte, cuya inscripción fue ordenada finalmente por la Audiencia Provincial de Oviedo en 2010. "Al no poder acceder a dichos títulos directamente, se vieron obligados a promover ante el Juzgado de primera instancia de Tineo un expediente de dominio, para que fuese el juez quien ordenara su inscripción, pretensión que fue rechazada. Pero su interés y perseverancia los llevó a recurrir esta decisión ante la Audiencia Provincial de Oviedo, que en el año 2010 la revocó y ordenó la ansiada inscripción a su favor", explica el abogado.

Tras tener el monte a nombre de los actuales propietarios, los vecinos promovieron un juicio ordinario contra el Ayuntamiento de Allande y el Principado de Asturias para reclamar la propiedad del terreno utilizado para la instalación del parque eólico y, por consiguiente, los beneficios que este estaba generando a las administraciones públicas y que deben recaer en sus propietarios. La sentencia fue favorable a la reclamación vecinal, pero fue recurrida por el Ayuntamiento de Allande ante la Audiencia Provincial, que acaba de dictar sentencia confirmando el primer fallo, reconociendo la propiedad privada del terreno, así como su derecho a percibir el canon en contraprestación por la ocupación de su suelo de 19 aerogeneradores del parque eólico.

"Esta sentencia supone para los veinte vecinos que percibirán una importante cantidad de dinero en concepto de atrasos y garantiza el cobro para el futuro de un suculento canon temporal de ocupación", subraya Gómez.