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Un padre gijonés pide al TSJA que se apruebe el Bachillerato a su hijo, con dos suspensos

La jueza rechaza la reclamación y recalca que "la desidia absoluta en las asignaturas de letras" del alumno no la puede suplir con interés en otras

Un padre gijonés pide al TSJA que se apruebe el Bachillerato a su hijo, con dos suspensos

La penúltima evidencia de cuánto han cambiado las cosas en la educación española se acaba de tener en la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Hasta allí llegaba el recurso de un padre gijonés empeñado en que se concediera a su hijo el título de Bachillerato pese a que el alumno acabó el curso con dos asignaturas suspensas. En su pelea judicial el progenitor no cuestionaba que estuvieran bien atribuidos esos dos suspensos, concretamente en Historia de España y también en Lengua Castellana y Literatura II. Con lo que sí discrepaba era con que, aun así, no se pudiera dar por superado el bachillerato para que el joven pudiera beneficiarse de una beca deportiva que le habían concedido en un centro norteamericano.

El padre consideraba como argumentos a favor de la "madurez académica", que también hubiera aprobado dos pruebas de idiomas con validez internacional y la citada oferta que tenía el joven de una beca deportiva por parte de una universidad norteamericana.

El razonamiento del padre no ha calado en la magistrada María Pilar Martínez, que ha respaldado sin fisuras la decisión del colegio, como le correspondía. Entre otras advertencias, los profesores del alumno dejaron por escrito en su informe de evaluación que si el joven no había aprobado ambas asignaturas no era por falta de capacidad, sino por su "falta de trabajo durante todo el año" y su "falta de responsabilidad".

"El informe del tutor es de una claridad meridiana respecto a la coherente aplicación de los criterios del propio colegio en cuanto recoge la falta de compromiso, de rigor y de trabajo del alumno, consideraciones todas ellas que aparecen sustentadas no solo en la calificación de la materia" sino también en otras apreciaciones que se añadieron al expediente del alumno, expone la magistrada en su sentencia.

Una jueza que tal parece que reprende al padre cuando comenta, en el texto del fallo judicial, que "han de resultar estériles los alegatos referidos a la obtención de una beca deportiva o a la superación de exámenes de lengua inglesa o de asignaturas de ciencias" ya que "el Bachillerato no está conformado por asignaturas estancas ni permite que se configure 'a la carta' por los alumnos o por sus progenitores, sino que tiene como finalidad proporcionar a los alumnos y las alumnas la formación, madurez intelectual y humana, conocimientos y habilidades que les permite desarrollar funciones sociales e incorporarse a la vida activa con responsabilidad y competencia. Es por ello que en forma alguna puede intentar suplirse la desidia absoluta en el estudio de las asignaturas de letras por el mayor interés que pueda mostrar en otras". La jueza entiende que el suspenso del colegio estaba "plenamente ajustado a derecho" y por ello desestima el recurso del padre e incluso le impone el pago de las costas judiciales.

En el despliegue de argumentos en los que apoyó el progenitor el recurso judicial para que se aprobara a su hijo estaba el hecho de que no hubo por parte del equipo de profesores que evaluó al joven un asesoramiento del especialista en piscopedagogía del departamento de orientación del colegio. Un especialista que pudiera haber aportado su criterio sobre "la evolución en el conjunto de materias y la madurez académica en relación con los objetivos generales del Bachillerato y las competencias correspondientes". La jueza tampoco ahí se pliega a los intereses de la familia ya que no ve que hubiera circunstancias especiales en el alumno que hicieran necesaria esa valoración. "Resultaba innecesario recabar el asesoramiento psicopedagógico", dice la jueza, basándose en el informe en el que se refleja que "el alumno muestra unas buenas aptitudes psicopedagógicas e intelectuales, por lo que el motivo del bajo rendimiento en las materias suspensas? obedece a la falta de trabajo durante todo el año y en la preparación de las pruebas de la convocatoria extraordinaria (se refiere a los exámenes de repesca). Además no ha asistido a las clases en el periodo comprendido entre la entrega de boletines de calificación y las pruebas extraordinarias que en general resultan de gran ayuda para superar estas". Por todo eso, la magistrada hace suya la conclusión del colegio gijonés de que no se podía dar por titulado al alumno ante "la falta de madurez académica del alumno y su falta de responsabilidad y autonomía personal".

Añade más la jueza: "La madurez que demuestra la capacitación para el acceso a la educación superior, que es lo que se pretende con la titulación, es la que implica al menos la realización de un esfuerzo en la superación de materias de distinto signo". Quizás lo realmente extraordinario del caso es que todo eso haya tenido que decirlo una sentencia judicial.

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