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El tribunal asturiano, al contrario que el vasco, avala las restricciones en los bares

Los magistrados priman la salud sobre la economía y abren la puerta a la reclamación de indemnizaciones, objetivo último que persigue la hostelería

Clientes, ayer, en una terraza de la plaza Porlier. | Miki López

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha rechazado la solicitud de la patronal de la hostelería y el turismo de Asturias, Otea, para abrir los bares, cafeterías y restaurantes en los municipios perimetrados por el sistema “4 Plus” y “4 Plus” reforzado, al entender que el cierre es “efectivo” porque estos establecimientos favorecen la socialización y, por tanto, la propagación del covid-19. Exactamente lo contrario a la resolución del alto tribunal del País Vasco, que dio su visto bueno porque, a su juicio, no está suficientemente justificado que la hostelería sea foco de contagios. Otea rechazó comentar la resolución judicial y se limitó a indicar que “aún queda recorrido”, y que “no es una batalla contra el Principado, sino que el objetivo es que, si es responsable del cierre, nos indemnice”, una posibilidad que contemplan los magistrados en su auto.

La resolución del TSJA coincide en el tiempo y en el espíritu con las dictadas por los tribunales superiores de Cantabria y de la Comunidad Valenciana, después del precedente judicial en el País Vasco que abrió la puerta a que las asociaciones de la hostelería de todo el país presentaran recursos contencioso-administrativos realizando la misma solicitud y con los mismos argumentos.

La patronal Otea presentó el recurso apoyándose en los mismos criterios que la hostelería vasca, alegando daños económicos irreparables, vulneración del principio de proporcionalidad al no encontrarse justificada la medida y el principio de seguridad jurídica porque no se establece duración del cierre.

El TSJA desmonta todas y cada una de ellas dando la razón al Principado. El auto indica que “la actuación de la política sanitaria que puede y debe desplegar la comunidad autónoma ha de tener en cuenta los intereses generales”. Añade el tribunal que no hay duda de que “la ponderación de los intereses económicos y empresariales, legítimamente invocados por la asociación recurrente, no puede dejar de tener en cuenta los riesgos para las vidas de los ciudadanos que supone esta pandemia”. A la vista de ello, para los magistrados “no cabe negar la existencia de razones fundadas por las que, a pesar de la indudable importancia de la hostelería en la economía española, las restricciones sobre su actividad sea un pilar importante en las intervenciones de la mayoría de los gobiernos de las diferentes comunidades autónomas”.

Efecto multiplicador

Además, el tribunal indica que “al aplicar el principio de precaución no es necesario que los riesgos para la salud sean concretos, sino que basta con que sean potenciales”, y para ello invoca sentencias del Tribunal Europeo. El auto especifica que “las duras restricciones a la hostelería se circunscriben únicamente a determinados concejos bien determinados y durante un periodo de tiempo bien establecido”, y que fijar criterios de entrada y salida del sistema “4 Plus” “revela precisamente el intento de la Administración sanitaria asturiana por responder proporcionalmente a los desafíos de la propagación de virus”.

El TSJA sí abre la puerta a que el sector reclame indemnizaciones por el cierre de su actividad. Afirma que “las eventuales indemnizaciones que, de probarse la responsabilidad de la Administración, podrían reclamarse, permitirán de manera razonable el resarcimiento, al menos en parte, de los daños y perjuicios sufridos por los hosteleros, sin perjuicio de las eventuales ayudas o subvenciones que también razonablemente puedan dirigirse a este sector tan castigado”.

En definitiva, para los magistrados, los informes presentados por el Principado “reflejan el fundamento científico de la incidencia de la hostelería y restauración en la propagación del virus, bien como origen, bien como multiplicador de la cadena de contagios, hasta el punto de considerar el cierre de estos locales como una de las medidas más efectivas para la contención de la enfermedad”.

El TSJA concluye que “se justifica así plenamente” el cierre de la hostelería “con el objetivo de conseguir la no propagación del virus”.

La resolución judicial no sorprendió en la patronal de la hostelería y el turismo asturianos. El presidente de Otea, José Luis Álvarez Almeida, señaló que “no se trata de ganar o perder, porque nosotros ya estamos perdiendo desde el principio. Y no es una batalla contra el Principado, ni nos oponemos a las medidas sanitarias. Se trata de que, si se reconoce la responsabilidad del Gobierno regional en el cierre y nuestra ruina, se nos indemnice. Igual que en Alemania”, aclara.

Álvarez Almeida se mostró moderadamente satisfecho de que los magistrados hagan referencia en su auto a los daños económicos que provoca el cierre de sus negocios y a la posibilidad de reclamar el resarcimiento de daños y perjuicios.

Los hosteleros de Oviedo, a la espera de saber si hubo “castigo” con la prórroga

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) todavía tiene que resolver un segundo recurso de la patronal de la hostelería y el turismo de Asturias, Otea, aunque a estas alturas lo que interesa es conocer la posición de los magistrados sobre si Salud siguió con Oviedo los mismos criterios que con otros concejos para decretar la prórroga del sistema de cierre perimetral y restricciones a la hostelería “4 Plus”. La capital del Principado ya puede abrir hoy sus bares, restaurantes y comercios con las limitaciones generales establecidas para toda la región, días después de que se decretase la apertura en otros concejos en situación similar.

Otea presentó el recurso el pasado viernes por la mañana solicitando la aplicación de medidas cautelarísimas para abrir la hostelería ovetense, al entender que Salud “vulneró la forma en la que se evalúan los datos epidemiológicos de los concejos que sirven de base para la determinación de la prórroga en función de que superen o no los límites establecidos”. La patronal justificó la urgencia que reclamaba para la apertura en que la situación “es insostenible” y que la prórroga de cierre “afecta cada día a más hosteleros y que los perjuicios que está ocasionando son diarios”. El TSJA resolvió denegando las medidas cautelarísimas, pero las convirtió en cautelares y le dio al Principado dos días de plazo para que justificara los criterios aplicados en su decisión de prorrogar el confinamiento de Oviedo. El auto judicial se conoció el sábado por la mañana, y el pasado lunes la Consejería de Salud anunció que la capital del Principado salía del “4 Plus” el miércoles. Además, justo el jueves a última hora había hecho públicos los criterios, desconocidos hasta entonces, para que un concejo salga del “4 Plus”.

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