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Las claves del juicio por la muerte de Carragal: un debate complejo pero un jurado unánime

El contundente veredicto que declara culpable de homicidio doloso al joven que dio una patada al fallecido genera intensa discusión jurídica

Los tres acusados, con Jorge C. C. a la derecha, durante el juicio celebrado esta semana.

El veredicto de culpabilidad por homicidio doloso en el juicio por la muerte, a la salida de la fiestas de La Florida (Oviedo), de David Carragal cayó como un mazazo sobre el acusado, Jorge C. C., la familia de este y su letrado defensor, Gabriel Cueto, que, tras escuchar a la portavoz del jurado, solo pudo anunciar que presentaría un recurso, aunque el presidente del tribunal, el magistrado Francisco Javier Rodríguez Luengos, le recordó que aún no había dictado sentencia alguna. El estupor del letrado era hasta cierto punto comprensible. En los corrillos jurídicos se había comentado que aquello apuntaba más bien hacia un caso de homicidio imprudente. El chico (de 20 años, 18 cuando ocurrieron los hechos) no quiso matar, simplemente causar daño, se decía. Pero algún veterano abogado había puesto el dedo en la llaga: “Lo que está claro para un tribunal profesional, no lo está tanto para un jurado popular”, que es la crítica habitual que se hace a este tipo de juicios.

El hecho de que los jurados llevasen nueve horas reunidos para dar su veredicto hizo albergar a la defensa la esperanza de que se hubiese generado el suficiente debate en el seno del tribunal como para que fuese ganando fuerza la tesis del homicidio por imprudencia, mucho más benévola con el principal encausado, puesto que lleva aparejadas penas de entre uno y cuatro años de cárcel. Ahora se enfrenta a una condena de entre diez y quince.

Pero los miembros del jurado (nueve hombres y mujeres con una media de edad relativamente joven y, por tanto, conocedores del ambiente que se vive en la noche asturiana actualmente) fueron implacables. De forma unánime se decantaron por la tesis de la Fiscalía, que en este caso ha ido en un llamativo “crescendo”. Al inicio de la instrucción estuvo a punto de decantarse por considerar los hechos como un homicidio imprudente, pero estaba la cuestión del abuso de superioridad respecto a una persona que, como Carragal, había bebido alcohol esa aciaga noche. Finalmente, calificó los hechos como un homicidio doloso por el que pedía 11 años de cárcel y, este viernes, al presentar su informe definitivo, aumentó su petición de pena a quince años. Todo ello por lo que consideró un desprecio hacia la víctima, no solo por dejarla abandonada tras propinarle la patada en la cabeza, sino por los comentarios que sobre ella dejó en días posteriores el acusado en su WhatsApp, pese a enterarse de que se debatía entre la vida y la muerte en la UCI del HUCA.

Las acusaciones han conseguido “pintar” al principal acusado como un joven con problemas de adaptación, desafiante (lo dijo uno de sus antiguos profesores), que había convertido las broncas y peleas de fin de semana en una forma de diversión, y que iba con amigos buscando jaleo. Los intentos de la defensa de contrarrestar esta imagen corrosiva no fueron, en cambio, tan fructíferos a la luz del resultado final, y unánime, de la votación del jurado.

Al final, lo que se planteaba como punto central del juicio –si murió por la patada o la caída– acabó siendo irrelevante

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Al final, lo que se planteaba como el gran debate –al menos en términos jurídicos y legales– en el juicio, sobre si lo que mató a Carragal fue la patada o la caída posterior al suelo, no ha tenido la relevancia esperada. La fiscal Ana Belén Fidalgo logró su objetivo, claramente remarcado en sus conclusiones finales cuando aseveró que “no hay solución de continuidad” entre una y otra; o, lo que es lo mismo, que la caída está causada por la patada. Porque que hubo patada lo admitió hasta el propio acusado de homicidio y uno de sus amigos. Que fue a la cabeza lo indicó una testigo, aunque en su testimonio –en una videoconferencia desde Dublín– se mostró más vaga de lo que las acusaciones hubiesen deseado. Lo que parecía desentonar más era la tesis de la acusación particular, según la cual Jorge C. C. había matado a David Carragal con alevosía; esto es, asegurando los medios necesarios para que no se defendiese. Y, al final, los nueve jurados la desecharon. Hasta la acusación particular parecía confiar poco en ella, puesto que solicitó el mínimo que puede pedirse por un delito de asesinato: 16 años.

El tribunal del jurado no tuvo concesión alguna para Jorge C. C.: no aprecia ninguna atenuante. La defensa había planteado dos: confesión, por haberse presentado voluntariamente en Comisaría; y reparación del daño, por consignar 20.000 euros. Las acusaciones las rechazaron al considerar que no fueron sinceros con la Policía y que la cifra para la indemnización “es ridícula”. Asimismo, el jurado veda la posibilidad de un indulto y rechaza la suspensión del ingreso en prisión. Y a sus dos amigos les considera autores de un delito de omisión del deber de socorro por haberse marchado corriendo en vez de quedarse a ayudar a la víctima: serán condenados a una multa aún por cuantificar.

Ahora le corresponde al magistrado Rodríguez Luengos elaborar la sentencia de este complejo juicio, en el que dejó un cierto grado de libertad a los letrados; especialmente a la defensa, y ello a pesar de que, como indicó el propio juez, se debe por encima de todo a los formalismos, que son lo único que garantiza los derechos de las partes y la imparcialidad del tribunal. Tendrá que dictar una sentencia condenatoria de entre quince y diez años de prisión, el arco penal establecido para el homicidio doloso.

¿Puede echarse abajo este veredicto y la sentencia que se derive del mismo? Es posible, pero no tan fácil. Caben recursos ante la sala civil penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y, posteriormente, ante el Supremo. Y debe demostrarse que los miembros del jurado tomaron una decisión palmariamente contraria a derecho o que no justificaron su veredicto. Ha habido ejemplos, escasos pero muy mediáticos. Incluso puede darse el caso de que la sentencia no concuerde con el espíritu del veredicto, que de todo ha habido en los años de vigencia de la ley del Jurado.

Y, volviendo al debate central del juicio, se produjo una anécdota muy ilustrativa. Un conocido letrado, presente en la lectura del veredicto, se preguntó si el delito de homicidio imprudente está adecuadamente recogido en el Código Penal y no debería legislarse para incluir en ese tipo casos como el de la muerte de Carragal, quizá como homicidio imprudente agravado. Al final, quien más claro lo tuvo fue, tras muchas horas de debate y deliberación, el jurado popular.

El abogado de la familia del fallecido: “Ha sido muy duro para ellos; sufren lo indecible”

“La familia está sufriendo lo indecible; al menos les queda la leve satisfacción de la aplicación de la ley”. Ángel Bernal, abogado de la familia de David Carragal, se mostraba ayer complacido con el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, “y además por unanimidad”, incidió. Un paso fundamental a la espera de la sentencia, que el letrado de la defensa ya anunció que recurrirá. “El veredicto es unánime, contundente y está bien argumentado. El posible recurso que se pudiera presentar contra la sentencia no tiene ninguna viabilidad”, señaló Bernal. La familia de David Carragal aún no ha superado la muerte del joven profesor. “Para la familia ha sido un proceso muy duro, que además se complicó con las continuas falsedades y mentiras que el acusado ha contado, dado que mantuvo una versión totalmente falsa”, aseveró el letrado. Para Ángel Bernal, durante el juicio “se demostró que el homicida era conflictivo, y que cuando se juntaba con más, buscaban agresiones. De hecho, tras darle la patada a David y dejarlo tirado, quisieron agredir a otros chicos en la parada del autobús, y así quedó atestiguado en la vista”. La familia Carragal lleva dos años de sufrimiento, “y oírle decir (al acusado) que solo quiso apartar a David y que no sabe dónde le dio la patada, es insultante para ellos”, añadió el letrado de la acusación particular. Ahora será el magistrado Francisco Javier Rodríguez Luengos quien dicte sentencia y concrete las condenas e indemnizaciones.

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