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Asturias relaja sus restricciones: ¿Cuándo entran en vigor las nuevas medidas y en qué me afecta el toque de queda o las nuevas reglas en los bares?

Esto es todo lo que tienes que saber de la nueva regulación que entra en vigor en los próximos días en el Principado

Así serán las nuevas restricciones que entrarán en vigor en Asturias

Así serán las nuevas restricciones que entrarán en vigor en Asturias

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Así serán las nuevas restricciones que entrarán en vigor en Asturias V. M. / A. R. / J. A. A.

El próximo sábado. Ese es el día en el que la consejería de Salud del Gobierno del Principado de Asturias tiene previsto que entren en vigor las nuevas restricciones tanto a la movilidad como a las actividades comerciales con las que se pretende frenar la expansión del coronavirus. Son nuevas pero en realidad suponen un alivio. Asturias ha mejorado su situación epidemiológica y su carga asistencial en los hospitales y por lo tanto entra en una especie de desescalada que, en todo caso, seguirá siendo revisable al menos hasta que en mayo decaiga el estado de alarma y las competencias autonómicas para restringir derechos de los ciudadanos sean menores.

El presidente del Principado, Adrián Barbón, ha adelantado esta mañana en el Parlamento asturiano su intención de relajar las restricciones que están en vigor en la región para frenar la pandemia. El máximo responsable del gobierno regoinal, en respuesta parlamentaria al grupo Vox, ha adelantado que su intención es la de rebajar una hora el toque de queda, que ya no sería a las 10 de la noche sino a las 23 horas. También tiene en previsión ajustar el horario de apertura de los bares y establecimientos hosteleros -con más tiempo de atención al público- al menos en lo que respecta a la ocupación de mesas y espacios en el exterior, y la reapertura de los establecimientos turísticos. "Vamos a reabrir los alojamientos. Entramos en la última fase hasta que el 9 de mayo caiga el estado de alarma. Tenemos que empezar a promover el uso de las terrazas en la hostelería. Es la mejor forma de reducir los riesgos", afirmó Barbón haciendo hincapié en que las medidas restrictivas en el Principado "han salvado miles de vidas" en los últimos meses. El inicio de las actividades y competiciones del deporte base, suspendidas desde el estallido de la pandemia, en marzo del año pasado, es otro de los escenarios que se contempla en el Principado para el inicio de esta desescalada.

Asturias relaja las medidas

Toque de queda

El toque de queda se amplía una hora, de 23.00 a 6.00 horas.

Ampliación horarios hostelería

Ajuste del horario de apertura de los bares y establecimientos hosteleros -con más tiempo de atención al público- al menos en lo que respecta a la ocupación de mesas y espacios en el exterior.

Reapertura de los establecimientos turísticos

Reapertura de los establecimientos turísticos.

Se trataría de medidas a adoptar en un horizonte temporal corto, y en todo caso antes del 9 de mayo que sería la fecha en la que expira el estado de alarma y que, según indicó ayer el propio Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, no está previsto que se prolongue.

Movilidad

La movilidad fuera de la comunidad sigue restringida. No se puede ni entrar ni salir de la comunidad. A continuación te mostramos las razones por las que se puede entrar y salir.

EXCEPCIONES PARA SALIR DE LOS CIERRES PERIMETRALES

Retorno al lugar de residencia habitual o familiar

Retorno al lugar de residencia habitual o familiar. Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

Renovaciones de permisos y documentación oficial

Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes

Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos

Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

Serán también causa justificada para la entrada y salida de los concejos cerrados:

Entrenamientos y competiciones en actividad deportiva federada

Entrenamientos y competiciones en actividad deportiva federada.

Actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios

Actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales domésticos.

Adquisición de alimentos o productos de primera necesidad

Adquisición de alimentos o productos de primera necesidad por quienes tengan su residencia habitual en localidades que, siendo de otro concejo, carezcan de establecimientos que permitan la adquisición de tales productos y sean localidades limítrofes con el municipio restringido.

Estas tres excepciones únicamente habilitarán al desplazamiento durante el tiempo indispensable para la actividad y una vez al día. En ningún caso podrán desarrollarse durante el período de restricción nocturna de movilidad.

Mascarillas

Pero ojo porque nuestra vida no va a volver a ser como antes al menos de la noche a la mañana. La obligación de llevar mascarilla siempre, incluso manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros en la vía pública y en espacios al aire libre, entró en vigor el pasado miércoles en todo el Estado. El endurecimiento de la norma general apenas afecta a comunidades autónomas como la asturiana, muy restrictivas ya en ese aspecto, aunque plantea dudas sobre su aplicación en playas y en la actividad deportiva individual al aire libre.

En principio, con la nueva normativa, habrá que llevar mascarilla en la playa continuamente, también tomando el sol y durante el baño. “En el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre” y “en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible” no será exigible.

LO QUE DICE LA NUEVA LEY

1. Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:


  • a) En la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
  • b) En los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote.


2. La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.


3. La venta unitaria de mascarillas quirúrgicas que no estén empaquetadas individualmente solo se podrá realizar en las oficinas de farmacia garantizando unas condiciones de higiene adecuadas que salvaguarden la calidad del producto.

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