Más allá de la fijación de nuevos horarios, ¿qué pasa con las reuniones? El Principado recomienda evitarlas. Así lo dice la resolución publicada el viernes: "Se recomienda cancelar o posponer cualquier actividad familiar o social que no sea considerada fundamental y que pudiera ser postergable".
Salud recomienda a la ciudadanía que limite su participación en encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable (burbuja social). También pide disminuir la movilidad entre diferentes zonas de Asturias.
Reuniones con no convivientes en domicilios, ¿se pueden?
Tras las restricciones más severas en Semana Santa, cuando no era posible reunirse con nadie en casa, en estos momentos no existe un límite específico de personas en el ámbito privado.
¿Cuántas personas se pueden reunir en lugares públicos, como bares y restaurantes?
El número de personas que se pueden sentar en la misma mesa son seis en el caso de estar en una terraza y cuatro en el interior de un local. Las sillas deben estar separadas 1,5 metros. El consumo en barra sigue estando prohibido.
¿Hasta qué hora puedo reunirme en domicilios?
Como ya venía sucediendo, la única limitación al respecto la fija el toque de queda que, con los nuevos cambios del Principado, se establece de 23.00 horas a 6.00.
Pasear o ir a la playa, ¿con cuántas personas?
Las actividades en grupo pueden congregar hasta 25 personas si se llevan a cabo al aire libre. En estos casos, nunca hay que olvidar la obligación de llevar la mascarilla y mantener la distancia de seguridad.
Actividades incompatibles
con el uso de la mascarilla
El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.
La práctica de deporte en el medio acuático, sea este natural o artificial.
Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.
Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.
Los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.
Uso obligatorio de la mascarilla
El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.
El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.
Actividades incompatibles
con el uso de la mascarilla
El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.
La práctica de deporte en el medio acuático, sea este natural o artificial.
Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.
Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.
Los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.
Uso obligatorio de la mascarilla
El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.
El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.
Actividades incompatibles
con el uso de la mascarilla
El baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas.
La práctica de deporte en el medio acuático, sea este natural o artificial.
Los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo. En el caso de las playas o en entornos asimilados, solo podrá extenderse mientras esté en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes o asimilados. En las piscinas, solo entre intervalos de actividad.
Las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático.
Los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.
Uso obligatorio de la mascarilla
El paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales.
El paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos.
¿Cuántas personas pueden ir en un coche?
El número de personas que pueden viajar en un coche es el que permita el propio vehículo. Es decir, no hay una restricción extra. Lo único a tener en cuenta es que todos los ocupantes deben viajar con la mascarilla puesta si no son convivientes.
Asturias relaja las medidas
El inicio del toque de queda se retrasa una hora, de 23.00 a 6.00 horas.
Ajuste de los horarios en hostelería. Deberán cerrar el interior a las 21.00 horas y las terrazas a las 23.00 horas. Se eleva a 6 el número de comensales por mesa en terrazas y se mantiene el máximo de 4 en el interior. La atención en barra seguirá restringida salvo para recogida a domicilio.
Reapertura de los establecimientos turísticos con un aforo máximo del 50% en zonas comunes, centros recreativos para jóvenes y mayores con actividades al aire libre limitadas a grupos de hasta 25 personas y recintos feriales para congresos.
Comercio y gimnasios amplían el aforo al 50% y su horario de cierre se extiende hasta el definido por el toque de queda, a las 23:00 horas.
Cultura y turismo activo. Visitas a interior de 15 personas y en el exterior de 25 (contando los guías).
Deporte. Comienza la competición autonómica en categorías absoluta y juvenil, con presencia de público hasta un máximo de 300 personas, sentadas y con distancia de seguridad. Se podrá practicar deporte en grupos de hasta 25 personas. En piscinas de uso deportivo el aforo se eleva a 4 personas por calle y también grupos de un máximo de 15 personas.
Se podrán celebrar mercados de ganado, con la presencia exclusiva de profesionales.