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¿Qué pasó con el caso del preso resucitado? Gonzalo Montoya pide 50.000 euros pero no lo tiene fácil

El expreso reclama indemnización por haber sido dado por muerto en la cárcel de Asturias y llevado al Instituto de Medicina Legal, donde “revivió”

Gonzalo Montoya, el "preso resucitado". IRMA COLLIN

La Audiencia Nacional ha rechazado conceder una indemnización de 50.000 euros a Gonzalo Montoya, el “preso resucitado” que fue dado por muerto en la cárcel de Asturias, tras sufrir una sobredosis, y “revivió” cuando se encontraba en el Instituto de Medicina Legal, cuando estaban a punto de trasladarlo para que le hiciesen la autopsia. La sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional considera que no se ha acreditado el daño sufrido por el exrecluso. Un informe del Consejo de Estado desaconsejaba que se le resarciese. No obstante, hubo dos votos particulares, uno de ellos el de la presidenta, la exvicepresidenta del Gobierno María Teresa Fernández de la Vega, que abogaba por que se le diese una indemnización a Montoya, aunque no en la cuantía que reclamaba. Los letrados de Montoya, Luis Tuero e Iván Cortina, estudian ahora un posible recurso.

El caso de Montoya tuvo una gran trascendencia. A primera hora del 7 de enero de 2018 fue hallado inconsciente en el interior de su celda, junto a parafernalia que indicaba el posible consumo de un “chino” de heroína. Los funcionarios pensaron que había muerto de sobredosis y eso mismo creyeron los dos médicos del centro, el que entraba de guarda y el que había hecho la noche.

Se llamó a la forense, que dictaminó que Montoya estaba muerto. Su temperatura había bajado tanto por efecto de la droga y su pulso era tan lento e imperceptible que la facultativa lo dio por fallecido. Sería luego en el Instituto de Medicina Legal cuando comenzó a moverse y su respiración se hizo más perceptible para el personal, que lo trasladó de inmediato al HUCA. Allí estuvo ingresado dos semanas, hasta que fue devuelto a la cárcel, en la que permaneció hasta agosto de ese año.

Actuación adecuada

Para ese momento ya había presentado una reclamación para que se le resarciese por la experiencia vivida por él y su familia, a la que se llegó a comunicar que el entonces recluso había fallecido. Pero los tribunales han rechazado los recursos. El Juzgado cerró la investigación al considerar que no había materia penal y que la actuación de los médicos y la forense había sido adecuada, una decisión que la Audiencia Provincial ratificó. Quedaba la vía administrativa, que ha quedado cerrada hace escasas fechas salvo que se presente algún recurso.

Que no hubo una actuación adecuada lo prueba el hecho de que Instituciones Penitenciarias distribuyese una circular en la que se ordenaba realizar un electrocardiograma a aquellos reclusos que hubiesen sufrido una sobredosis o fuesen hallados aparentemente muertos en sus celdas. El caso es que existía una electrocardiógrafo en la prisión pero situado en la enfermería, y no se bajó a la celda.

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