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Los asturianos se ahorran 25 millones de la plusvalía tras las sentencias judiciales

El impuesto sigue sin reformar cuatro años después de ser declarado inconstitucional, pero los ayuntamientos tienden a dejar de cobrarlo cuando se acredita que no existe ganancia al vender una vivienda

PEXELS / PIXABAY

Los contribuyentes asturianos (familias y empresas) tributaron una media de 42,3 millones de euros al año entre 2015 y 2017 por el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (la plusvalía), un gravamen que financia a los ayuntamientos y que afecta a quienes venden inmuebles usados (pisos, locales, plazas de garaje, solares...) y también a quienes los heredan. El Tribunal Constitucional determinó en 2017 que ese tributo era parcialmente inconstitucional (en las situaciones en las que no existe aumento de valor real del suelo) y urgió a los legisladores nacionales a reformar la regulación.

Cuatro años después, el poder político sigue sin cumplir ese mandato y la interpretación de cuándo se debe pagar o no la plusvalía ha quedado a criterio de los ayuntamientos y en gran medida de los tribunales. La inseguridad jurídica creada por la demora en reformar la ley persiste, dando lugar a situaciones de indefensión de los contribuyentes, según los expertos, pero la factura de la plusvalía ha bajado de hecho en Asturias: entre 2018 y 2019, últimos ejercicios con datos oficiales disponibles, los ayuntamientos recaudaron casi 25 millones menos de lo que venía siendo normal.

El 11 de mayo de 2017, el Constitucional determinó que era contrario a la Carta Magna –al quedar vulnerado el criterio tributario de capacidad económica– lo que venía ocurriendo de manera sistemática en todos los ayuntamientos españoles que cobraban la plusvalía: quien vendía o heredaba una vivienda u otro inmueble quedaba obligado a tributar por un hipotético incremento del valor del suelo urbano (la parte correspondiente al solar, en el caso de un piso) entre el momento de la compra y el de la venta, aunque de hecho se hubiera producido una minusvalía, algo muy común durante los años que siguieron al estallido de la burbuja inmobiliaria en 2008 por el desplome que provocó en los precios. Esto es, si alguien había comprado un piso por 150.000 euros y lo vendía por 120.000, tenía que tributar igual que si hubiera ganado 30.000 euros con la operación. Ocurría de ese modo porque la base imponible de la plusvalía se calcula a partir del valor catastral y de unos coeficientes que dan por sentado que el valor de suelo sube de año en año.

En ausencia de intervención del legislador, inicialmente una mayoría de ayuntamientos siguió cobrando la plusvalía como si nada hubiera ocurrido, desoyendo a menudo las alegaciones de los contribuyentes y mientras arreciaban los pleitos en los tribunales. Las sentencias de estos últimos, incluida una nueva resolución del Constitucional y varias del Supremo, han ido empujando a los concejos a suspender con frecuencia el cobro del impuesto cuando se acredita documentalmente que no existió plusvalía real.

Una aproximación al impacto en la recaudación regional puede ser esta: en 2017, año de la declaración parcial de inconstitucionalidad, los ingresos de los ayuntamientos asturianos (medidos en derechos reconocidos de cobro) se mantuvieron por encima de los 43 millones de euros; en 2018, con un nivel de compraventas y de inmuebles transmitidos en herencia semejante al de ese ejercicio anterior, la recaudación cayó en 15 millones, y en 2019 se quedó unos 10 millones por debajo de las cifras de 2017, pese a un aumento cercano al 9% en los intercambios de inmuebles.

Durante esos años, los tribunales fueron generando jurisprudencia en aspectos como la forma en que los contribuyentes pueden acreditar la inexistencia de plusvalía, y los ayuntamientos han tendido a adecuarse a sus resoluciones. Según explica Ana Espiniella, abogada fiscalista de la firma Vaciero, el panorama del referido impuesto en Asturias tiene ahora los rasgos que se exponen a continuación.

Indicadores del impuesto de plusvalía

Ingresos de los ayuntamientos asturianos por el tributo

En millones de euros

43,76

43,47

42,47

33,68

28,45

2015

2016

2017

2018

2019

Evolución de la recaudación

de los principales tributos municipales

250,13

Ibi urbano

258,42

4,91

Ibi rústico

5,95

2015

49,57

“Viñeta”

2019

47,78

43,76

Plusvalía

33,68

41,59

IAE

36,69

Indicadores del impuesto de plusvalía

Ingresos de los ayuntamientos asturianos por el tributo

En millones de euros

43,76

43,47

42,47

33,68

28,45

2015

2016

2017

2018

2019

Evolución de la recaudación

de los principales tributos municipales

250,13

Ibi urbano

258,42

4,91

Ibi rústico

5,95

2015

49,57

“Viñeta”

2019

47,78

43,76

Plusvalía

33,68

41,59

IAE

36,69

Indicadores del impuesto de plusvalía

Ingresos de los ayuntamientos asturianos por el tributo

En millones de euros

43,76

43,47

42,47

33,68

28,45

2015

2016

2017

2018

2019

Evolución de la recaudación

de los principales tributos municipales

250,13

Ibi urbano

258,42

4,91

Ibi rústico

5,95

2015

49,57

“Viñeta”

2019

47,78

43,76

Plusvalía

33,68

41,59

IAE

36,69

Principado. Los Servicios Tributarios del Principado gestionan por delegación las plusvalías de varias decenas de ayuntamientos. El criterio que está aplicando el organismo consiste en que, si de las escrituras de adquisición y de transmisión del bien inmueble (vivienda, local comercial...) se deduce “claramente” que no hay plusvalía sino pérdida patrimonial, se admite la no sujeción al tributo, sin necesidad además de otros informes de tasación.

Oviedo. El ayuntamiento de la capital, que no tiene delegada la recaudación al Principado, accede a no cobrar la plusvalía si las escrituras acreditan que existió pérdida de valor. No obstante, en algunos casos el consistorio solicita informes de valoración a tasadoras homologadas por el Banco de España, lo que obliga al contribuyente a encargar su propia tasación para intentar contrarrestar la contratada por el ayuntamiento. En 2019, la recaudación de Oviedo por la plusvalía fue de 8,17% millones, el 22% inferior a la de 2017.

Gijón. También exonera del impuesto a quienes acrediten con las escrituras que no existe aumento de valor y si ello se infiere también de los estudios internos que realiza el ayuntamiento. Sin embargo, matiza Espiniella, tanto en este concejo como en otros existen “más inconvenientes” cuando se trata de operaciones distintas a las compraventas, particularmente cuando el inmueble se hereda.

Los expertos urgen un cambio legal que ataje la “inseguridad” de ciudadanos y gobiernos locales

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La plusvalía es un tributo que paga el vendedor, en caso de la compraventa de un inmueble, y el heredero, en el supuesto de una transmisión por causa de muerte. Y es un impuesto en el que no suele haber exenciones o bonificaciones generalizadas, como sí ocurre con el gravamen de sucesiones cuando quienes heredan son los hijos o el cónyuge. Un ejemplo: un hijo que recibe en herencia una vivienda modesta (una colomina de Mieres, por ejemplo) no pagará el impuesto de sucesiones, pero es altamente probable que se vea obligado a abonar más de 500 euros de la plusvalía si no consigue acreditar que existió pérdida de valor desde que fue adquirida. Aún existiendo tal pérdida, a menudo los contribuyentes se han inclinado por pagar para evitar los costes y riesgos de los litigios.

La reforma de la ley de Haciendas Locales para acabar con la inseguridad jurídica que ha marcado la aplicación de este impuesto durante cuatro años quedó varada primero por la inestabilidad política y más recientemente debido a las urgencias legislativas para hacer frente a la pandemia del covid. En estos días, un grupo de expertos en financiación local, del que forman parte los economistas asturianos Javier Suárez Pandiello y Ángel de la Fuente, ha remarcado en un manifiesto que es perentorio actuar sobre el tributo. “Debería darse una salida definitiva y equitativa al problema generado por la inconstitucionalidad parcial del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana que termine para siempre con la inseguridad jurídica y económica en la que gobiernos y ciudadanos están inmersos”, escriben los hacendistas.

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