Regentaba un conocido restaurante de Pruvia (Llanera), famoso por sus eventos, y elegido por numerosos asturianos para celebrar sus banquetes de boda o comuniones. Sin embargo, todo se torció en 2015, cuando entró en suspensión de pagos. La administradora concursal prohibió al empresario, cuya identidad se corresponde con las iniciales R. M. B. G., realizar nuevas actividades en el establecimiento, pero el hostelero buscó un subterfugio para cumplir con varias obligaciones que había contraído con anterioridad: la cena para festejar los 25 años de una gran empresa –a la que acudieron 770 personas–, las reservas para el cotillón de Nochevieja y las comidas del día de Reyes. La sección tercera de la Audiencia Provincial acaba de condenarle a tres años de cárcel y 12.000 euros de multa por los delitos de insolvencia punible y falsedad documental, y a la mujer que puso su firma para realizar los eventos, su entonces pareja, M. P. V. G., le ha impuesto una condena de un año y ocho meses de prisión, y 3.150 euros de multa, como cooperadora necesaria. Deberán reintegrar a la mercantil en liquidación la cifra de 151.287,44 euros, el dinero que habrían obtenido por los eventos realizados.

La administradora concursal del conocido negocio de hostelería pedía para él una condena de ocho años y ocho meses de cárcel, y para ella cuatro años y diez meses de prisión. La Fiscalía, por su parte, solicitaba para el empresario tres años y tres meses de cárcel, y para ella, un año y ocho meses, la pena que finalmente le ha sido impuesta. Las multas se elevaban hasta los 16.000 euros en el caso del hostelero. Y la administradora concursal solicitaba la devolución de 255.000 euros.

En el juicio, celebrado el pasado mes de abril, el acusado admitió que intentó que estos eventos fuesen realizados por algún otro hostelero, sin éxito, motivo por el que recurrió a la que por entonces era su pareja, M. P. V. –también acusada–, que había sido empleada de su restaurante y tenía una empresa de catering. Facturó los eventos a través de esta sociedad, aunque fue él quien contrató a los extras, compró el género e incluso alquiló las mesas y sillas. Eso sí, en la publicidad de los eventos figuraba su restaurante en suspensión de pagos, y estos tuvieron lugar en las instalaciones del mismo.

Indicó que solo le movía el interés de “salvar el negocio”, de encontrar un inversor, un objetivo que no se hubiese conseguido si no se hubiesen cumplido lo compromisos antes señalados. El empresario aseguró que consultó cada paso con la administradora concursal. Por eso, aunque los eventos tuvieron lugar en el restaurante en concurso de acreedores, trató de salvar esta circunstancia pagando un alquiler por las instalaciones.

M. P. V., la titular de la empresa que realizó los eventos, indicó en el juicio que “solo puso su nombre” y que se fio de su pareja, en el sentido de que le indicó que toda la operación era legal. Un antiguo trabajador de la empresa indicó por su parte que, cuando se celebraban bodas o comuniones en el restaurante, una parte del precio se pagaba en dinero negro.