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Trámite urgente contra las trabas burocráticas: estas son las medidas de Asturias para empezar la reforma de la Administración

La norma se ha aprobado para abrir el plazo de consulta pública

Edificio de consejerías del Principado en Llamaquique, en Oviedo.

El Gobierno de Asturias ha sometido hoy a trámite de audiencia el anteproyecto de Ley de Medidas Administrativas Urgentes, que persigue la simplificación de procedimientos burocráticos con el fin de agilizar el ejercicio o la puesta en marcha de actividades económicas.

La norma reducirá o eliminará trabas administrativas y mejorará la eficiencia de procedimientos, fundamentalmente en ámbitos y sectores con incidencia significativa en la economía, como la ordenación del territorio, el urbanismo, el medio ambiente, la protección del patrimonio cultural y la gestión administrativa. Asimismo, incluye medidas de simplificación en gestión presupuestaria, destinadas a favorecer la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Estos son algunos de los cambios que quiere introducir el Principado y que son una de las "patas" de la tan ansiada reforma de la Administración:

En Medio Ambiente

En materia de medio ambiente, dado que la autorización de proyectos, planes y programas está sometida a la pertinente evaluación ambiental, para la actividad económica resulta fundamental que el procedimiento se desarrolle ágilmente, en los plazos legales establecidos, y con la mayor seguridad jurídica, particularmente en este periodo de reconstrucción. Por este motivo, la norma define cuándo se entenderá que un proyecto puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente, principalmente mediante cálculo porcentual. Esta medida eliminará consultas a la Administración, al tiempo que reducirá costes y cargas administrativas.

Por otra parte, el anteproyecto suprime las evaluaciones preliminares de impacto exigidas por la Ley del Principado 5/1991, de 5 de abril, de Protección de Espacios Naturales de Asturias, por considerar que la legislación estatal en este ámbito también asegura la protección en estos espacios.

Respecto a la evaluación ambiental estratégica de los instrumentos de ordenación del territorio, además de acortar los plazos de consultas de las administraciones afectadas y las personas interesadas, se determinan los que habrán de someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria y aquellos en los que se procederá a otra simplificada. En este sentido, el borrador de norma establece que los estudios de detalle que desarrollen planes generales y hayan sido objeto de evaluación ambiental no precisarán tramitar una evaluación ambiental estratégica. Esta medida contribuye a la eliminación de consultas e informes técnicos, rebaja costes y cargas administrativas y refuerza la seguridad jurídica.

En Urbanismo y Ordenación del Territorio

Asegura el Principado que una parte importante de la ley se basa en reducir y simultanear o centralizar trámites en el ámbito del urbanismo y la ordenación del territorio. Con su entrada en vigor, los informes sectoriales relativos a la tramitación del planeamiento general (patrimonio, comercio, movilidad y carreteras) en municipios de menos de 40.000 habitantes se centralizarán en la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio (Cuota), que emitirá un informe único.

Además, entre otras medidas, el texto incorpora la declaración responsable para obras menores y suprime la licencia previa de instalación y funcionamiento en diversas actividades comerciales y de servicios. De este modo, con la declaración responsable se podrán ejecutar proyectos como la instalación de placas solares térmicas o fotovoltaicas para autoconsumo, la renovación de instalaciones en las construcciones, movimientos de tierras no significativos o cierres de fincas, siempre que no colinden con suelo de dominio público.

Tampoco será exigible licencia o autorización previa para obras ligadas al acondicionamiento de locales destinados a actividad comercial, siempre que no requieran de la redacción de un proyecto de obra. En ningún caso están sujetos a licencia los cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios.

Patrimonio cultural

La norma también implicará modificaciones en materia de  patrimonio cultural, encaminadas a agilizar la tramitación de autorizaciones y reducir plazos, de forma proporcional a las tareas que requiere cada tipo de bien. Asimismo, incorporará aclaraciones que faciliten la comprensión y doten de mayor seguridad jurídica los procedimientos. De este modo, se pretende evitar el trámite de autorización previa de Patrimonio Cultural en determinados procedimientos urbanísticos de licencia de obras en entornos de protección de bienes de interés cultural (BIC) y en conjuntos históricos sin plan especial de protección, continuando así la línea iniciada con la modificación del decreto 63/2006, del Camino de Santiago, aprobada en 2020.

También se busca acelerar la tramitación de procedimientos municipales de declaración de elementos en ruina, que serán preceptivos únicamente cuando se trate de BIC y bienes incluidos en el Inventario de Patrimonio Cultural y en un catálogo urbanístico de protección con nivel integral. En este marco, los bienes declarados en ruina con protección parcial y ambiental no necesitarían el informe de Patrimonio Cultural.  

Paralelamente, se contempla evitar el trámite de autorización previa en obras de conservación y mantenimiento de determinados elementos, por ejemplo, hórreos y paneras, lo que contribuirá a evitar el posible deterioro que se produciría durante la espera entre la solicitud de licencia de obras y su concesión.

Alegaciones

Las personas o entidades afectadas pueden formular alegaciones al documento, al que se puede acceder desde www.asturiasparticipa.es, desde el próximo lunes, 28 de junio, y hasta el 16 de julio.

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