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Absuelven a dos estudiantes detenidos tras una fiesta durante el estado de alarma

Los afectados, que se preparaban para el MIR en Oviedo, estudian demandar a los policías que les acusaron de desobediencia y resistencia

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El juzgado de lo penal número 4 de Oviedo ha absuelto a dos jóvenes que fueron detenidos el pasado 20 de diciembre por dos policías locales de Oviedo que, según su atestado, les acusaban de los delitos de resistencia grave a la autoridad y desobediencia. La Fiscalía pedía para uno de ellos una sanción de ocho meses, con una cuota de 8 euros al día, y para el otro siete meses de multa, con la obligación de pagar la misma cuota. Sin embargo, la jueza dictaminó que “no consta con la debida certeza penal” que uno de los acusados “hubiera realizado una conducta incardinable en el delito penal de resistencia a agentes de la autoridad” y que “tampoco consta la existencia de delito de desobediencia grave”. Lo que sí está probado es que ocho jóvenes, todos ellos médicos que se estaban preparando el examen para Médico Interno Residente (MIR), permanecían juntos celebrando una fiesta en un piso situado en la plaza Barthe Aza de Oviedo y sobrepasaron el toque de queda que estaba en vigor en el marco del estado de alarma decretado por la pandemia del coronavirus. Si bien, la multa correspondiente a esta falta va a ser recurrida por José Antonio Gutiérrez Hevia, abogado defensor de los dos jóvenes absueltos, en base a la reciente sentencia del Tribunal Constitucional que declara inconstitucional el estado de alarma decretado por el Gobierno. A su vez, los afectados también están estudiando con su abogado emprender acciones legales contra los dos policías por falso testimonio y por un delito de simulación.

Los hechos ocurrieron cuando los dos agentes de la Policía Local de Oviedo se presentaron en el piso en el que estaban estos ocho estudiantes alertados por uno de los vecinos, que se quejaba de que en una vivienda próxima se estaba celebrando una fiesta y que estaba la música muy alta. Los agentes llegaron al piso a las 2.35 de la madrugada y les dieron permiso para entrar. Comprobaron que efectivamente se estaba celebrando una fiesta e identificaron a los participantes, formulando las correspondientes denuncias por incumplir el toque de queda. A continuación, indicaron a las personas que no residían allí que volvieran a su casa.

El problema se produjo ya fuera de la vivienda, cuando los dos acusados, sin antecedentes penales, se quedaron en las inmediaciones del piso. Al bajar del piso y verlos allí, los agentes les dijeron en varias ocasiones que se marcharan o les detendrían por desobediencia, algo que finalmente hicieron. Los acusados aseguran que estaban allí esperando a que uno de ellos cogiera un taxi y que, en contra de lo que declararon los policías, tenían la mascarilla puesta y que uno de los agentes le dio a uno de ellos una torta en la cara y a continuación el otro se puso a grabar con su móvil. Los dos negaron que uno de los acusados se abalanzara sobre uno de los agentes.

Los policías, por su parte, niegan que alguno de ellos le diera un tortazo a uno de los detenidos y reconocen haber mandado parar de grabar al otro y haber visionado lo que había en el móvil. Precisamente, una de las pruebas presentadas es una de las grabaciones, en las que se ve a uno de los acusados con la mascarilla puesta, en evidente estado de embriaguez y hablando con los agentes a apenas un metro de distancia y con los brazos bajados.

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