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El “vacío legal” del personal sin vacunar en locales que piden certificado covid

Los empleados sin pasaporte no están de baja ni incurren en motivo de despido o sanción, pero no pueden acceder a su puesto de trabajo

Una persona muestra su pasaporte Covid.

Los problemas de índole laboral asociados a la sexta ola de la pandemia crecen en distintas direcciones y una de las últimas se vincula a la exigencia del certificado covid para el acceso a determinados locales de ocio. En el Colegio de Graduados Sociales de Asturias han recogido el desconcierto y la desorientación de algunos empresarios al enfrentarse al novedoso callejón sin salida que les genera la situación en la que quedan los trabajadores de estos establecimientos que no hayan sido vacunados.

De acuerdo con la normativa vigente, sin prueba de vacunación no pueden entrar a su centro de trabajo, pero tampoco están de baja ni la ausencia del certificado es motivo de despido o de sanción, ni se les puede obligar a vacunarse… “Se ha elaborado la normativa sin pensar en las consecuencias prácticas, sin consultar a quienes estamos en el terreno de juego viendo cómo se puede aplicar”, se queja el presidente de la entidad, Óscar Martínez, que se ha encontrado de pronto con “un problema añadido” a los muchos que esta pandemia ha hecho crecer en las empresas, como la tramitación de los ERTE o los tortuosos caminos para el cobro de las ayudas compensatorias. No se trata de un obstáculo ni mucho menos generalizable, dado el apreciable nivel de población vacunada que ha alcanzado Asturias, pero sí significativo y curioso por su falta de remedios con encaje legal, o por la sensación de frustración que genera en las asesorías a la hora de tratar orientar a las empresas, que terminan teniendo que tratar de alcanzar acuerdos con sus empleados, o dejando al trabajador en casa, pagándole y en muchos casos afrontando el gasto de un sustituto.

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