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Entra en vigor la nueva ley de tráfico: seis puntos por usar el móvil (y otras novedades importantes)

Los expertos critican una de las medidas que entran en vigor: “Eliminar el margen de 20 km/h para adelantar aumenta el riesgo de accidente”

“Nuevos tiempos, nuevas normas”. Es el lema elegido por la Dirección General de Tráfico (DGT) para explicar a los conductores la modificación de la ley de Tráfico y Seguridad Vial que entrará hoy en vigor. “Las nuevas formas de movernos, conectarnos y comunicarnos nos exigen evolucionar”, de ahí la “nueva reforma que mejorará la eficacia del sistema y la convivencia entre todos”, indica la DGT. La pérdida de seis puntos en vez de cuatro por usar el móvil al volante y la eliminación del margen de 20 kilómetros por hora para adelantar en las carreteras convencionales son los principales cambios de la nueva normativa. No faltan las críticas a esta última medida.

La ley introduce nuevas multas y endurece otras sanciones, pero el baremo de las infracciones se mantiene igual: las leves se castigan con multa de hasta 100 euros; las graves, con sanción de 200 euros, y las muy graves, con multa de 500 euros. Entre estas últimas figuran usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir, arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes e incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.

Una de las novedades más controvertidas es la de que los conductores de turismos y motocicletas, en carreteras convencionales, ya no podrán superar en 20 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos. La eliminación de ese margen busca “minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional”, según la DGT. Esta medida ha sido duramente criticada por la oposición en el Congreso, que considera que incrementará el riesgo de accidentes al aumentar el tiempo de los adelantamientos.

De la misma opinión es Raimundo García, presidente de la Asociación Española de Accidentología Vial, quien, en sintonía con lo que también defienden expertos en investigación de tráfico e institutos automovilísticos, cree que eliminar ese margen “no es buena idea.”. Sus razones: al quedar prohibido superar la velocidad máxima aumentará el tiempo de los adelantamientos, y con ello el riesgo de colisión. Habrá “más exposición al peligro”, apunta García.

“La pelea contra el exceso de velocidad no debe convertirse en una deriva talibana. Es verdad que a menos velocidad menos riesgo, pero la velocidad, en condiciones de seguridad, a veces ayuda. No se trata de hacer ingeniería matemática sino de dar seguridad”, añade. García subraya que no tiene ninguna crítica hacia el resto de los cambios introducidos en la nueva ley, que considera “una vuelta de tuerca necesaria, ya no solo por seguridad, sino también por garantizar la eficiencia del sistema”.

Más cambios: no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada provocará la pérdida de 4 puntos en el carné (hasta ahora eran 3 puntos). Conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil implicará la pérdida de 6 puntos, en vez de los 4 actuales. Son los mismos que supondrá arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes. Y ya no será necesario llevar físicamente el permiso de conducir: gracias a la App “miDGT” se podrá acreditar que se dispone de autorización para conducir.

Hay también cambios en lo que se refiere a los adelantamientos de bicicletas o ciclomotores: debe hacerse ocupando completamente el carril contiguo en vías de dos o más carriles por sentido. En las vías de un solo carril debe mantenerse la separación mínima lateral de 1,5 metros. Infringir cualquiera de estos apartados implicará la pérdida de 6 puntos.

Los conductores de motos o ciclomotores podrán utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados en el casco de protección para fines de comunicación o navegación. Pero no usar el casco o no hacerlo de forma adecuada provocar la pérdida de 4 puntos. En cuanto a los vehículos de movilidad personal, los patinetes y las bicicletas, será obligatorio el uso del casco durante su conducción, no podrán circular por la acera y la tasa de alcohol debe ser 0,0 en sangre o en aire espirado para los menores de edad.

Con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos (12) queda establecido en dos años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos. La ley también incluye una nueva forma de recuperar puntos. Quienes realicen los denominados “cursos de conducción segura” certificados por la DGT serán bonificados con dos puntos extra en su carné de conducir, hasta un máximo de 15. No obstante, esta medida queda pendiente hasta que entre en vigor una orden ministerial con las condiciones de esos cursos.

Llevar inhibidores de radares o cinemómetros (miden la velocidad del vehículo) en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. “Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos”, advierte la DGT. No se incluyen en este grupo sistemas como Google Maps, Waze o los GPS, que avisan de la posición de los radares: pueden seguir utilizándose sin ningún problema.

Se endurecen las penas por copiar en los exámenes teóricos y cometer cualquier fraude. Queda prohibido utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente al presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otros trámites administrativos para conducir. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin. En caso de hacerlo, el aspirante será multado con 500 euros y no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso durante los seis meses siguientes.

La nueva norma no permite la existencia de autoescuelas exclusivamente online: deberán disponer de un local o establecimiento físico, aunque las clases teóricas sí podrán ser impartidas a distancia. Finalmente, se convierte en obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE), y queda prohibido parar o estacionar el vehículo en carriles bici o vías ciclistas.

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