La Fiscalía del Principado de Asturias solicita 2 años de prisión, 3 de retirada del carné de conducir, lo que conllevaría la pérdida de la vigencia del permiso del que dispusiera, y el pago de una indemnización de casi dos millones de euros para un camionero acusado de atropellar a un operario que, con una señal de stop en la mano, indicaba la existencia de obras en una carretera de Peñamellera Baja y le advertía para que se detuviera para dejar paso a los vehículos que circulaban en sentido contrario. La vista oral está señalada mañana viernes, 20 de mayo, en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, a las 9,30 horas.

El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 12,10 horas del día 30 de octubre de 2017, el acusado circulaba por la carretera N-621, en Peñamellera Baja, conduciendo un camión propiedad de una empresa de excavaciones. Al llegar al kilómetro 182,500, en un tramo curvo a la derecha, con visibilidad reducida, donde existía una limitación de velocidad de 40 kilómetros por hora porque se estaban realizando obras en la calzada, debidamente señalizadas, y donde había dos trabajadores regulando el tráfico en ambos sentidos de circulación, debido a que el acusado circulaba a velocidad excesiva y sin prestar la mínima atención a las circunstancias del tráfico, no se percató de la presencia de uno de estos operarios, situado en el lateral de su carril de circulación y que le indicaba con una señal de stop que se detuviera para permitir el paso a los vehículos que circulaban en sentido contrario. Así, el acusado, haciendo caso omiso de todas las señalizaciones, continuó circulando hasta atropellar al operario que, en la margen derecha de la calzada, portando en alto una señal de stop, le indicaba insistentemente que se parase.

A consecuencia de los hechos, el trabajador, de 41 años, fue atropellado. Sufrió lesiones consistentes en traumatismo cráneo facial grave con fractura impactada de todo el macizo facial, hematomas epidurales bilaterales, hematoma subdural frontal bilateral, múltiples contusiones hemorrágicas frontales bilaterales, HSA en valle silviano y fosa craneal media derecha, sangrado ventricular en atrios, colapso del sistema ventricular sin desplazamiento de línea media, múltiples fracturas frontales y temporoparietales bilaterales, neumoencéfalo, hematoma epidural izquierdo y subdural bilateral, múltiples contusiones hemorrágicas, HSA, vertido hemático ventricular, colapso del sistema ventricular por compresión de los hematomas, múltiples fracturas craneales y faciales.

Precisó tres intervenciones quirúrgicas por los servicios de neurocirugía y cirugía plástica, todas ellas con anestesia general. También tratamiento médico y rehabilitador. Tardó en estabilizar las lesiones 548 días, de los cuales estuvo en la UVI 29 y hospitalizado, 182. Le queda como secuela trastorno orgánico de la personalidad con alteración de funciones cerebrales superiores integradas muy grave. Sufre perjuicio muy grave por pérdida de calidad de vida ocasionado por las secuelas, ya que precisa ayuda para todo tipo de actividades de la vida ordinaria (actividades de autocuidado como aseo personal, vestirse, comer, desplazamientos y actividades instrumentales cotidianas como comprar, preparar la comida, limpiar la casa o telefonear). Le queda un perjuicio estético importante, consistente en cicatriz de traqueotomía de 4 centímetros, cicatrices craneal y facial de 35 cm y 12 cm, respectivamente, cicatriz abdominal de 6 cm y cicatriz en rodilla derecha de 1,5 cm. Sufre perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de familiares. Existen gastos previsibles de asistencia sanitaria futura, consecuencia de las secuelas neurológicas. Precisa rehabilitación domiciliaria y ambulatoria. Necesita ayudas técnicas de apoyo para la autonomía personal y productos de apoyo, como un colchón antiescaras, según el informe forense. No se ha acreditado que precise gastos por adecuación de vivienda o costes de movilidad. Precisa ayuda de terceras personas tras la estabilización para evitar que, una vez finalice el tratamiento clínico de rehabilitación, no retroceda en los logros alcanzados dentro del ámbito doméstico. Actualmente, esta función la realizan sus progenitores. Está incapacitado para realizar cualquier tipo de trabajo o actividad profesional y para la totalidad de las tareas del hogar.

La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de delito de lesiones por imprudencia grave y solicita que se condene al acusado a 2 años de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante 3 años, lo que comportaría la pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir de la que disponga. En concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal solicita que el acusado, y como responsable civil directa y solidario la compañía de seguros del camión, y como responsable civil subsidiario de los anteriores la empresa propietaria del vehículo, indemnice a la víctima en 1.939.448,53 euros.