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El SEPA no podrá reducir el pago de la productividad por “los griposos”

CSIF gana en los tribunales contra la resolución que descontaba dinero de las nóminas por los días con justificante médico sin baja

El Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (SEPA) tendrá que abonar la productividad que retiró de manera unilateral a su personal por los días “griposos”, un máximo de cuatro al año, en los que no se acude a trabajar pese a no estar de baja si se cuenta con un justificante médico. Los magistrados de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) han estimado la demanda presentada por el sindicato CSIF contra la decisión adoptada el pasado mes de marzo por el SEPA, siguiendo el criterio de una jefa de servicio del área de Relaciones Laborales.

El SEPA, organismo autonómico con un plantilla de medio millar de trabajadores de Bomberos, el 112 y el área jurídico-administrativa de ese servicio, decidió descontar del complemento de productividad que paga una vez al año la parte correspondiente a los cuatro días de ausencia conocidos como “griposos”, que no suponen baja por enfermedad, pero requieren la presentación de justificante médico.

El SEPA comunicó esta medida en la reunión de la comisión mixta paritaria, celebrada el 17 de marzo, basándose en el criterio de una jefa de servicio acerca de “la necesidad de incluir junto al resto de absentismos” las ausencias al trabajo por enfermedad o accidente de cuatro días de falta a lo largo del año, los llamados “griposos”, a la hora de reducir proporcionalmente el complemento de productividad.

La cuantía anual de este complemento se reduce proporcionalmente en función del período de absentismo que tuviera su origen en tres motivos: permisos sin sueldo, ausencias no justificadas y procesos de incapacidad temporal. Dicho complemento se retiró a toda la plantilla del Principado hace ya bastantes años, cuando hubo ajustes por la gran recesión, y en la actualidad solo lo percibe el personal del SEPA. El sindicato CSIF, representado por el letrado Celestino Pérez Mirón, presentó una demanda al considerar que los días “griposos” no se ajustan a ninguno de esos tres supuestos, ya que los trabajadores deben presentar un justificante de asistencia al médico.

Los magistrados resolvieron que la decisión del SEPA “ni tiene eficacia normativa, ni constituye en rigor una instrucción” y sostiene que “los griposos” no encajan en ninguno de los supuestos que dan lugar a la reducción del complemento de productividad.

“Es evidente que la instrucción dictada por la dirección del SEPA, por la naturaleza del acto, fuente y procedimiento seguido es ineficaz para modificar la regulación del complemento de productividad establecida”, concluye la sentencia, que añade que ese descuento sobre el complemento de productividad “tampoco cuenta con apoyo en otras disposiciones, ni tiene cobertura en los convenios colectivos del SEPA”.

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