Los sindicatos de la función pública asturiana han tenido que llegar tres veces hasta el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) para que la Administración del Principado sea obligada a atender su obligación de dotar de ropa de trabajo a una parte de su plantilla. El tribunal acaba de dictar la tercera sentencia en seis meses contra las autoridades de distintos departamentos administrativos por la constatación de incumplimientos reiterados al menos desde 2020, en este último caso respecto a unos trescientos trabajadores adscritos a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial, entre ellos los de las brigadas de conservación de carreteras.

El fallo declara el derecho de los trabajadores afectados “a la entrega de la ropa de trabajo necesaria para el desarrollo de su cometido profesional” y se refiere a la de este año 2022, que según el convenio colectivo debería haberse proporcionado en el primer trimestre del ejercicio y no ha llegado. Pero la resolución viene además a confirmar la reiteración de un incumplimiento, por cuanto sigue a otra dictada en diciembre del pasado año contra la misma Consejería, en la que además de requerir la entrega de la ropa correspondiente al ejercicio de 2021 la condena a indemnizar a los empleados con trescientos euros por cabeza por el vestuario “no renovado ni entregado” en el año 2020.

La otra condena, dictada en mayo de este año, demandaba a la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar la entrega de la ropa de 2020, 2021 y 2022 y acabó igual que las otras dos, en este caso adosada también a la obligación de la Administración de compensar económicamente a la plantilla por las demoras en la provisión de las prendas de los ejercicios atrasados. Son estos los resultados de un proceso emprendido por el sindicato CSIF, junto a UGT, CC OO, CSI y USIPA, que ha consumido unas cuantas horas de trabajo en el tribunal superior para llegar a la conclusión de que es inequívoca la obligación de la Administración de “renovar en el primer trimestre de cada año la ropa de trabajo del personal a su servicio” e igual de evidente su incumplimiento, en algunos casos al menos durante los tres últimos ejercicios.

También constata la última sentencia dictada que en lo relativo al equipamiento del personal adscrito a la Dirección General de Transportes y Movilidad ha sido adjudicado en mayo de este año un contrato menor de suministro de ropa y calzado. También que respecto al resto de departamentos de la Consejería hay algunos lotes “en licitación”, pero la sentencia aprecia que esos procedimientos en marcha “no contrarrestan un ápice un incumplimiento que se ha materializado”. La lectura de los convenios colectivos, concluye el tribunal, “no ofrece duda racional. La obligación convencionalmente impuesta debe ser cumplida además dentro del plazo establecido”, esto es, la renovación de la ropa de trabajo ha de hacerse efectiva dentro del primer trimestre de cada ejercicio. La sentencia sobre la infracción de 2022 menciona además los dos precedentes y apercibe a la Administración de que el criterio es la compensación económica directa a los trabajadores cuando la reclamación se refiera a “anualidades ya transcurridas”.