La Nueva España

La Nueva España

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Los jueces avalan el programa de control del lobo y tumban el recurso ecologista

El Tribunal Superior falla que la resolución del Principado no infringe leyes ni es arbitraria, injustificada y subjetiva, como denunció Ascel

Lobos ibéricos. Ana Retamero Olmos

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha avalado el programa anual de actuaciones de control del lobo 2019-2020 del Gobierno del Principado, que había sido recurrido por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel), condenada en costas. La sentencia no es firme: cabe recurso de casación.

Los jueces han concluido que la resolución del Ejecutivo no infringe leyes ni normas españolas o europeas, ni es arbitraria, injustificada y carente de motivación y objetividad, como había denunciado la formación ecologista. La decisión del TSJA coincide con otras que había dictado anteriormente, pero choca con varias emitidas en Cantabria y Castilla y León, favorables a Ascel.

La denuncia de este colectivo tuvo respuesta en los tribunales de la letrada autonómica, que, basándose en informes del jefe del Servicio de Caza y Pesca Fluvial, Orencio Hernández, y de un investigador de la Universidad de Oviedo, José Vicente López-Bao, concluyó que el programa no incurrió en arbitrariedad o falta de motivación, justificación u objetividad. ASAJA y COAG, que actuaron como codemandadas, respaldaron los argumentos del Principado. Tras confrontar todo lo expuesto, el TSJA concluyó que la resolución impugnada está justificada por estudios científicos y técnicos y se basa en la evaluación de la población de lobos en distintos periodos, en los daños causados en diferentes territorios y en los resultados de los programas anteriores, por lo que “no cabe apreciar infracción alguna” de normativas europeas, pues “nada se acredita sobre su vulneración, salvo la mera afirmación de su incumplimiento”. Además, persigue conjugar “el mantenimiento de la población de lobos, con los daños y perjuicios que ocasiona a los ganaderos” y “evitar la conflictividad social”, sin que “en ningún caso se pretenda su extinción”.

El proceso


La denuncia. Ascel recurrió el programa anual de control del lobo 2019-2020, al considerar que infringía normativas españolas y europeas, además de ser arbitraria, injustificada y falta de motivación y objetividad.

La sentencia. El TSJA desestimó el recurso, al apreciar que el programa se basa en estudios técnicos y científicos, y no infringe ninguna legislación vigente.

Compartir el artículo

stats