Condenado por un accidente laboral en Tineo del que fue víctima su propio hijo
La sentencia establece que no había medidas de seguridad, aunque también el trabajador tuvo culpa

El Polígono de La Curiscada. / LNE
Un empresario de Tineo, A. R. F., asumió este viernes su parte de culpa en un accidente laboral ocurrido en 2021, en el que resultó herido su propio hijo y que se produjo por utilizar un equipo de trabajo que no cumplía las exigencias mínimas de seguridad, unido a la decisión del trabajador de ajustar la máquina durante su funcionamiento y, por tanto, sin detenerla previamente. El acusado, tras reconocer los hechos que le imputó la Fiscalía del Principado de Asturias, admitió en el Juzgado de lo penal número 3 de Oviedo una condena de 6 meses de prisión y el pago de una multa de 1.440 euros. El perjudicado había renunciado al ejercicio de las acciones civiles y penales.
La empresa de A. R. F., defendido por la letrada Ana G. Boto, se dedica a la actividad de comercio al por mayor de materias primas agrarias y de animales vivos, y al menos hasta marzo de 2021, su centro de trabajo estaba localizado en dos naves en Tineo, en concreto en el polígono de La Curiscada. El acusado es el administrador único de la misma y el jefe directo de los cinco trabajadores de la plantilla en la totalidad de ámbitos de dirección, desde producción hasta adopción de medidas de seguridad.
En dicha empresa se ha venido utilizando de forma habitual, y por varios trabajadores, una máquina consistente en una rebobinadora de plástico, esto es, una máquina para cortar plástico. Esta máquina, pese a ser objeto de utilización habitual, no se encuentra incluida en la evaluación de riesgos de la empresa, por lo que por no se ha adoptado ninguna disposición de seguridad en relación con la misma, ni ha sido objeto de adaptación a la normativa actual (el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo) ni a la normativa europea, careciendo de resguardos para zonas de atrapamiento, es decir, mantiene elementos móviles accesibles. Del mismo modo, el acusado tampoco suministró formación a los trabajadores en relación con los riesgos de su puesto de trabajo cuando utilicen esta máquina.
Entre las 12,00 y las 12,25 horas del 26 de febrero de 2021, el hijo del acusado y trabajador de la empresa como comercial (si bien realizaba las funciones que se le encomendasen), se dispuso a preparar bobinas de plástico y, cuando advirtió que la máquina no funcionaba correctamente, procedió a ajustar el tubo con la mano sin detener la misma, actuando en confianza de que le daba tiempo a hacerlo. No obstante, en ese momento el eje giratorio le alcanzó el puño de la manga de la chaqueta, atrapándole el brazo derecho, hasta que un compañero detuvo la máquina. El trabajador sufrió lesiones que precisaron de intervención quirúrgica.
El accidente, por tanto, tuvo lugar por utilizar un equipo de trabajo que no cumplía las exigencias mínimas de seguridad, unido a la decisión del trabajador de ajustar la máquina durante su funcionamiento y, por tanto, sin detenerla previamente. Las lesiones, en consecuencia, se produjeron por la intervención directa del joven, que era conocedor de que no debía manipular la máquina durante el funcionamiento de la misma. El trabajador ha renunciado al ejercicio de acciones civiles y penales contra el acusado. Los trabajadores han estado expuestos al riesgo de atrapamiento en el uso de este equipo de trabajo, estima la Fiscalía.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito contra la vida y la salud de los trabajadores, en concurso ideal con un delito de lesiones por imprudencia menos grave , si bien el perjudicado no ha formulado denuncia por estos hechos y no concurre el requisito de procedibilidad. A su vez, un delito contra la vida y la salud de trabajadores.
Tras reconocer los hechos, el acusado asumió, exclusivamente por el delito contra los derechos de los trabajadores, las penas de 6 meses de prisión y 6 meses de multa con una cuota diaria de 8 euros.
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