Las juntas electorales serán más estrictas con las excusas para no estar en las mesas: ¿En qué situaciones es más probable que me liberen y en cuáles no?

Si se ha pagado un viaje antes de la convocatoria, hay que acreditarlo, y no se eximirá en caso de que se disponga de seguro de cancelación

Luis Ángel Vega

Luis Ángel Vega

Faltan seis semanas y media para las elecciones del 23 de julio y muchos están haciendo sus cálculos para que la convocatoria de elecciones no frustre sus por otro lado bien merecidas vacaciones. No suele ser fácil librarse de formar parte de una mesa electoral, pero en las próximas elecciones va a ser aún más difícil. Por ejemplo, haber pagado un viaje de vacaciones antes de la convocatoria de elecciones no es necesariamente un motivo de exclusión de las mesas electorales. Menos, el haber solicitado el voto por correo. "Tenemos que ser esta vez más estrictos a la hora de excluir, porque nos arriesgamos a que no se puedan formas las mesas, y eso obligaría a tener que repetir las elecciones", aseguró la magistrada María Elena González, presidenta de la Junta Electoral de Zona de Oviedo. "Evidentemente, si el viaje está pagado, no vamos a causar un perjuicio económico a esa persona, pero esos pagos tienen que estar debidamente acreditados", añadió. En cualquier caso, se estudiará caso por caso, atendiendo a las circunstancias.

Para esta magistrada, tampoco sería excluida aquella persona que, aun habiendo adquirido el viaje antes de la convocatoria de elecciones, dispusiese de un seguro de cancelación, ya que éste garantizaría la devolución de las cantidades pagadas, con lo que ya no se produciría daño económico alguno. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) considera que, en caso de ser convocado a una mesa, se podría reclamar sin problemas la devolución del dinero de los billetes de avión, al tratarse de una causa de fuerza mayor.

Las juntas no tienen aún sentados los criterios orientativos por los que se rigen en cada elección y que garantizan que exista unanimidad en todo el territorio nacional a la hora de dirimir las excepciones que siempre se presentan y que este 23-J se prevé que se disparen, dado el periodo en el que se ha convocado la votación.

El ocio no es causa

Según el magistrado Julio Martínez Zahonero, vocal de la Junta Electoral de Zona de Gijón, "los viajes no son una de las causas legales para ser excluido de una mesa electoral". La Junta Electoral Central remitió una circular en el que se incluyen los motivos por los que alguien puede pedir no formar parte de una mesa, "y el ocio no es uno de ellos".

Normalmente, añadió este magistrado, "cuando hay viajes pagados, no se le hace a la gente volverse atrás", por el daño económico que entraña, pero estas elecciones son especiales, se celebran en mitad del periodo vacacional. "Posiblemente esta vez se tenga muy en cuenta si los gastos se realizaron en las fechas anteriores a la convocatoria de las elecciones".

"Será cada Junta Electoral de Zona la que sea más o menos flexible en función del número de peticiones de excusa que se presente". Y es que, cuanta más gente solicite ser excluida de las mesas, más estricta será la Junta Electoral, que debe garantizar la celebración de las elecciones.

A la vista de otros comicios, ya se conocen los motivos que pueden hacer que alguien sea eximido de formar parte de las mesas. En las pasadas, por ejemplo, "se excluyó a una persona a la que el día anterior le había fallecido un familiar cercano. Otro, que había estado trabajando en el turno de noche, tuvo que dejar la mesa porque tenía una esquirla en un ojo", explicó la magistrada.

Además, "otro hubo de abandonar la mesa porque sufrió un ataque. Y otra persona trajo un certificado médico que acreditaba que tenía fiebre y se le excluyó. No son muy frecuentes las excusas, pero pensamos que esta próxima vez va a haber muchas peticiones", añadió Elena González, titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Oviedo. Hubo otro seleccionado para una mesa que había preparado un viaje aprovechando el puente del Martes de Campo, y pudo realizarlo tras presentar la documentación que lo acreditaba.

Otras situaciones que no permiten la exclusión de una mesa electoral son por ejemplo el haber solicitado el voto por correo o haberse trasladado a veranear a una localidad relativamente cercana al colegio electoral, que no impediría el regreso para participar en las votaciones.

Castigo por no presentarse

En caso de que alguien no se presente a la mesa a la que ha sido asignado sin motivo alguno, se deducirá testimonio al Juzgado de Guardia y se le investigará por un delito electoral, que lleva aparejada una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a veinticuatro meses.

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