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Condena por un falso diagnóstico de linfoma de Hodgkin a un niño asturiano de 7 años

El pequeño fue derivado desde Asturias a dos hospitales de fuera, hasta que estos descubrieron que no había malignidad

Condena por un falso diagnóstico de linfoma a un niño de 7 años

Era una afección de garganta, los médicos la confundieron con un linfoma de Hodgkin y embarcaron al paciente –un niño de 7 años– en un ensayo clínico en dos hospitales de fuera de Asturias.

La Consejería de Salud del Principado tendrá que indemnizar con 20.000 euros a los padres de un niño por los trastornos que –a lo largo de casi 15 meses– originó un diagnóstico erróneo en un hospital asturiano en 2018. Así lo establece una sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que estima parcialmente el recurso por responsabilidad patrimonial presentado por los padres del menor, que habían reclamado una cuantía cuatro veces mayor: 81.031 euros.

Los padres justificaban su exigencia argumentando que su hijo sufrió un diagnóstico de gravedad extrema que le supuso un tratamiento invasivo e inhabilitante, propio de la quimioterapia, y que a ellos les comportó gastos económicos en busca de una segunda opinión (un préstamo, gastos de hospitales, viajes...).

Al serle diagnosticado un linfoma de Hodgkin, el niño fue incluido en un ensayo europeo que le llevó a un hospital madrileño y a otro zaragozano. Fueron esos hospitales los que cuestionaron la malignidad del cáncer linfático, con la consiguiente suspensión del tratamiento. A continuación, otros dos centros sanitarios, uno de Madrid y otro de Barcelona, confirmaron el error diagnóstico. Descartado el linfoma, se programó la retirada del catéter venoso que portaba el paciente. Los estudios posteriores indicaron que podía tratarse de una sarcoidosis en remisión.

El Servicio de Salud del Principado (Sespa) no consideraba procedente la demanda de los padres del menor. Alegó que la actuación de los sanitarios asturianos se ajustó a las pautas de una práctica correcta (lex artis) y apeló a la compatibilidad de los hallazgos clínicos, exploratorios y resultado de las pruebas realizadas con el diagnóstico del linfoma de Hodgkin, aunque de forma sobrevenida se revelase errado. En su dictamen sobre el caso, el Consejo Consultivo del Principado apreció su complejidad diagnóstica con concurrencia de premura, y la realización de pruebas pertinentes.

El magistrado ponente de la resolución, José Ramón Chaves García, concluye que la demanda de los padres ha de ser tomada en consideración por cuanto "ha acreditado que dos hospitales ajenos a la sanidad pública asturiana hicieron un diagnóstico correcto sin medios exorbitantes". Entre tanto, la Administración asturiana "no ha probado que la sintomatología fuese inaccesible a un buen diagnóstico con los medios disponibles". "Por tanto, hemos de estimar fundamento para apreciar responsabilidad a título de pérdida de oportunidad", concluye la sentencia.

Apuntes


Diagnóstico. El niño, de 7 años, fue llevado por sus padres al centro de salud el 1 de octubre de 2018. A continuación, fue derivado a un hospital asturiano y terminó siendo diagnosticado de linfoma de Hodgkin y fue incluido en un ensayo europeo que le llevó a un hospital madrileño y a otro zaragozano.

Proceso. Fueron esos hospitales foráneos los que cuestionaron la malignidad del cáncer linfático, con la consiguiente suspensión del tratamiento. A continuación, otros dos centros sanitarios, uno de Madrid y otro de Barcelona, confirmaron el error diagnóstico. Los estudios posteriores indicaron que podía tratarse de una sarcoidosis en remisión.

Indemnización. Los padres del niño reclamaban una compensación de 81.031 euros, pero los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias la han fijado en 20.000 euros.

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