La millonaria herencia de Mercedes depende de su historia clínica: el curioso pleito de una familia asturiana por la fortuna de la abuela
Un vecino del occidente demanda a su sobrino, médico del Sespa, para averiguar si manipuló documentos con el fin de hacerse con el patrimonio de la anciana

La millonaria herencia de Mercedes depende de su historia clínica / LNE

Mercedes tenía un patrimonio muy considerable y tres hijos. En 1975, redactó un testamento en el que dejaba su fortuna a los tres, a partes iguales. Muchos años más tarde, en agosto de 2013, modificó el testamento y designó heredera universal de su millonaria herencia a una de sus hijas y a los dos hijos de ésta (nietos suyos).
Uno de los hijos de Mercedes –L. R. G., vecino de una localidad del occidente de Asturias donde ambos vivieron juntos durante un largo periodo– lleva años pleiteando contra el cambio del testamento. Sostiene que su hermana y sus sobrinos presuntamente se aprovecharon de la demencia de su madre para impulsarla a modificar sus voluntades. Y sospechan que uno de los nietos de Mercedes, médico de la sanidad pública (Sespa), pudo acceder a la historia clínica de su abuela para retocarla y así argumentar que su abuela estaba en pleno uso de sus facultades.
Mercedes fue incapacitada judicialmente por deterioro cognitivo en febrero de 2016 (dos años y medio después de dictar su segundo testamento) y falleció en marzo de 2017. El nieto médico trabaja en un hospital y no tenía asignada como paciente a su abuela.
La novedad de este caso es que ha llegado a la Audiencia Provincial de Asturias tras ser archivado por el juzgado de primera instancia que practicó las investigaciones previas. Con el apoyo del fiscal, la jueza de instrucción decidió sobreseer la causa. Y lo hizo mediante un brevísimo auto, fechado el 18 de diciembre de 2024, en el que argumenta que, tras las diligencias de investigación efectuadas, "no aparece debidamente justificada la perpetración del delito". No aporta ningún razonamiento más.
Este auto fue recurrido por L. R. G. a una instancia superior y la respuesta ha sido otro auto de la sección tercera de la Audiencia Provincial, fechado el pasado 24 de febrero, en el que los tres magistrados que componen ese órgano manifiestan que no les convence tanto laconismo. Por este motivo, revocan el pronunciamiento de la jueza de primera instancia y le ordenan "dictar nueva resolución en la que traslade y desarrolle sus argumentos de forma ponderada y razonada analizando el conjunto del material probatorio y el acontecimiento 108, valorando, en su caso y con plena libertad de criterio, si procede o no librar un nuevo oficio, todo ello sin expresa imposición de costas".
¿Qué es el "acontecimiento 108"? Pues, en el momento actual, la pieza clave del caso. El médico nieto de Mercedes ha reconocido que, en efecto, sí accedió al historial medico de su abuela, pero que lo hizo contando con el consentimiento verbal de la mujer. En cambio, la querella dice que "consta debidamente acreditado" que el facultativo "accedió sospechosamente en varias ocasiones" a esos documentos "sin aparente motivo razonable". Y puntualiza que dos de las entradas tuvieron lugar después del fallecimiento de la mujer, lo que convierte en imposible que su abuela le hubiera dado consentimiento. ¿Y para qué? Supuestamente, para "legitimar el segundo testimonio" prestado por la mujer "maquillando supuesta lucidez mental al tiempo de otorgarlo, cuando en realidad era evidente que no la tenía".
El Ministerio Fiscal no aprecia contenido punible al señalar que los accesos al historial tuvieron "un propósito meramente informativo, pero sin alterar nada" y el querellante replica que aunque fuera por "mera curiosidad informativa, la conducta sigue siendo constitutiva de delito". Y cita las penas que el Código Penal estipula por la vulneración de la normativa de protección de datos sensibles.
El querellante aduce que el Servicio de Salud del Principado (Sespa) no ha respondido una pregunta que el mismo ministerio fiscal había formulado: si en el sistema informático del Sespa "existe o no un informe original y otro versionado", es decir, modificado, sobre la salud de Mercedes. La Audiencia Provincial le da la razón y dictamina que ese extremo, incluido en el "acontecimiento 108", debe ser indagado por la jueza. El querellante pide que este detalle se esclarezca "a través de un perito informático ajeno al hospital".
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