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Atención conductores asturianos que lleven cristales tintados: hasta 200 euros de multa

Una de las excepciones a la norma es disponer de "un certificado médico"

Atención conductores asturianos que lleven cristales tintados: hasta 200 euros de multa

Atención conductores asturianos que lleven cristales tintados: hasta 200 euros de multa

Muchos coches tienen crsitales titntados de serie o, colocados posteruioremnte para dar privacidad a los viajeros o para limiltar la entrada directa de luz solar en nuestro vehículo. Pero hay que tener en cuenta que para modificar las ventanas de nuestro coche hay que hacer de acuerdo a la norma establecida por el Reglamento General de Circulación.

Al ser considerado como un elemento de seguridad esencial, el Reglamento de Circulación establece que debes llevar los cristales de tu coche correctamente y sin grietas que impidan la visibilidad o que puedan hacer que tus cristales se rompan. Si eres de esos a los que no les importa el estado de su vehículo ni tampoco el de los cristales de este, debes saber que puedes ser multado por llevar la luna de tu coche rota.

La sanción a la que te enfrentas es de 200 euros, ya que los Agentes de Tráfico pueden considerar que la visibilidad se ve mermada. No obstante, no conlleva pérdida de puntos, pero arreglar el los cristales de tu coche debe importarte más por tu propia seguridad que por la multa que puedan ponerte.

Utilizar lunas tintadas no homologadas, o llevar las ventanillas delanteras tintadas también acarrea una sanción de 200 euros, salvo que, para esto último, se disponga de un certificado médico por sufrir una enfermedad sensible a los rayos ultravioletas del sol como el lupus, o que el coche sea un vehículo oficial o de usuarios protegidos

Tal y como establece el artículo 19 del Reglamento General de Circulación, "la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos; " Queda prohibida, en todo caso, la colocación de vidrios tintados o coloreados no homologado".

No obstante, tal como indica el Boletín Oficial del Estado (BOE), existen ciertas excepciones a esta norma: los cristales delanteros y el parabrisas también pueden ser tintados en los vehículos oficiales, en los vehículos de los cuerpos de seguridad, en los vehículos de los usuarios protegidos o en los vehículos de aquellas personas enfermas que tengan diagnosticada una sensibilidad especial a los rayos del sol.

Respecto a la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), la normativa actual no obliga a que la información sobre el tintado de lunas conste en la ficha técnica del vehículo. Por lo que no debes acudir inmediatamente a la ITV para que quede reflejado que has llevado a cabo dicha modificación en tu coche. Únicamente debes acudir a la estación de ITV cuando te toque por fecha, donde tendrás que presentar la siguiente documentación:

  • Un certificado de homologación expedido por el fabricante de las láminas y cumplimentado por el taller instalador.
  • El sello en todos los cristales laminados del vehículo, que tendrán que coincidir en la marca con el taller que te puso las láminas.

No cumplir con estas condiciones hará que el resultado de la ITV de tu coche sea desfavorable, de modo que te tocará retirar las láminas de las ventanillas o cambiarlas por unas nuevas, al no ser legales. Además, debes saber que circular con unos cristales tintados no homologados puede costarte una multa de hasta 200 euros sin la retirada de puntos del carné de conducir

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