Cerca de un millón de euros para un motorista ovetense que perdió una pierna en un choque con una furgoneta en Gozón
La Guardia Civil y los peritos de la aseguradora culpaban a la víctima, pero una huella en el asfalto decanta al juez en contra del otro vehículo, en el que iba una familia catalana de vacaciones

Los servicios de emergencia en el lugar del accidente. / Mara Villamuza

El 18 de agosto de 2018, poco después de las nueve de la noche, un joven ovetense de 26 años circulaba a bordo de una moto BMW 700 junto a una joven, por la carretera que une Luanco con Avilés (AS-238). A la altura de la localidad gozoniega de Perdones (kilómetro 4, casi en el límite con Avilés), les salió al paso una furgoneta Opel Vivaro, en la que viajaba una familia catalana de vacaciones. Se produjo entonces una colisión lateral, en la que los ocupantes de la moto llevaron la peor parte: la joven acabó en el Hospital "San Agustín", el chico en el HUCA, con tan graves lesiones en la pierna izquierda que tuvieron que amputársela por encima de la rodilla.
El magistrado Marcelo Rubio, que enjuició el caso como titular del Juzgado número 5 de Avilés (hoy está al frente del Mercantil número 4 de Oviedo), acaba de dictar sentencia y de conceder una indemnización al joven motorista de cerca de un millón de euros, tras una lucha de siete años, en la que pasó de causante del accidente, como sostenía la Guardia Civil de Tráfico, a víctima del mismo. El joven, defendido por el letrado Carlos Hernández Fierro, aún no ha terminado la pelea, ya que el fallo puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Asturias.
El juicio se desarrolló a lo largo de dos sesiones, el 10 de diciembre y el 26 de marzo. En la demanda se defendía que la colisión se produjo porque la furgoneta invadió el carril contrario por el que circulaba el joven ovetense conduciendo la motocicleta. La compañía de seguros de la furgoneta, en cambio, sostuvo que fue la moto la que invadió el carril contrario, y que en todo caso se produjo una concurrencia de culpas, siendo de mucha mayor entidad la culpa del joven que sufrió la amputación.
La tesis de que el joven había invadido el carril contrario se apoyaba tanto en el atestado y las diligencias ampliatorias confeccionados por la Guardia Civil, como en el informe pericial realizado por la empresa "Ipsum, Reconstrucción de Accidentes de tráfico". La Guardia Civil indicaba que el accidente se había debido a "no circular por la vía lo más cerca posible del borde derecho de la calzada, dejando completamente libre la mitad de la calzada". Y añadía que no se observaban "infracciones por parte del conductor de la furgoneta".
El conductor de la furgoneta, que iba hacia Luanco, declaró que la moto se le "vino encima" y que los vio "ya chocando", al tiempo que negó haber invadido el carril contrario.
La joven que iba de acompañante en la moto aseguró por su parte que en ningún momento rebasaron la línea. El conductor, que pudo declarar quince días después del siniestro, aseguró también que "circulaba por el carril derecho, aproximadamente en su centro. Entraron en una curva a derechas y una furgoneta blanca, sin luces, se vino encima de repente. La furgoneta iba rápido y metida en su carril. Todo fue rápido y no dio tiempo a hacer maniobra evasiva alguna".
En el lugar de los hechos quedó una huella de fricción en la calzada, en el carril por el que debía circular la furgoneta. Los peritos de la aseguradora demandada (Liberty Seguros) indican que esa huella correspondía la motocicleta. La víctima presentó un informa de "CTN Pericial" según el cual, esa marca correspondía más bien a la furgoneta, puesto que "lleva una trayectoria opuesta a la de su supuesta invasión del carril izquierdo".
Finalmente, el magistrado indica que no considera que "se haya probado que el demandante incurrió en algún tipo de culpa, de responsabilidad, en el origen de la colisión. La colisión y por todo lo ya expuesto anteriormente, no se produjo en la recta. Los vehículos chocaron en la curva, al estar acabando la misma la furgoneta y entrando la motocicleta en la curva, y en esa colisión, en ese choque, no hay prueba de ninguna responsabilidad del conductor de la motocicleta, no hay prueba que invadiera el carril de sentido contrario. No está probada ninguna culpa motocicleta en la causa del accidente". Y añade que "no hay culpa exclusiva de la victima y no hay concurrencia de culpas", por lo que el seguro de la furgoneta debe pagar todos los gastos.
Por lo que se refiere a la indemnización, el magistrados aprecia los gastos farmacéuticos, de fisioterapia y protésicos, así como las secuelas, como el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida, los gastos sanitarios futuros y por la instalación de una prótesis o los arreglos en su vivienda.
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