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La advertencia del catedrático Presno Linera: con la reforma que plantea el Gobierno, el aborto "dejaría de ser un derecho fundamental"

El constitucionalista de la Universidad de Oviedo avisa de que los cambios, lejos de "blindar" el aborto, abrirían la puerta a modificaciones que podrían limitar el actual derecho

Miguel Ángel Presno.

Miguel Ángel Presno. / Miki López

Luis Ángel Vega

Luis Ángel Vega

Oviedo

El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Oviedo Miguel Ángel Presno advierte que la reforma que está planteando el Gobierno, supuestamente con la intención de "blindar" el aborto, lo dejaría más desprotegido, puesto que "dejaría de ser un derecho fundamental" y el gobernante podría introducir modificaciones que lo limitasen, de forma que se podría regresar a la anterior ley de supuestos. Para Presno, el actual encaje dota de más armas a la mujer para defender su derecho.

"Con el sistema vigente el aborto, la decisión de la mujer de abortar o no abortar estaría amparada por el artículo 15 de la Constitución. Porque así lo entendió el legislador cuando en 2010 aprobó la ley, pero sobre todo así lo entendió el Tribunal Constitucional en 2023 y 2024 cuando dijo que formaba parte del derecho a la integridad física del artículo 15 la facultad de la mujer para decidir si quiere seguir adelante o no con el embarazo", explica Presno.

Se trata de "una facultad delimitada, porque no puede tomar esa decisión en cualquier momento del proceso, pero sí durante un cierto tiempo. Entonces se dice que es parte del derecho a la integridad física de la mujer. Decidir si quieres ir adelante o no con el embarazo", añade.

"Esto es lo que tenemos en la actualidad. Del hecho de estar en el artículo 15 de la Constitución se derivan varias consecuencias. La primera de ellas es que para desarrollar la interrupción del embarazo, al ser un derecho fundamental, hace falta una ley orgánica. Es decir, una ley aprobada por mayoría absoluta, que es la que tenemos en la actualidad. Por tanto, no se podría legislar por mayoría simple. Haría falta siempre mayoría absoluta", señala.

"La segunda consecuencia es que la mujer a la que se le deniegue la prestación podría acudir a los tribunales y tendría un procedimiento preferente, con prioridad respecto de otros casos y además muy rápido. La tercera consecuencia o tercera ventaja es que podría plantear un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Y hay una cuarta consecuencia, que para mí también es muy importante, y es que cualquier futura regulación, cualquier futuro cambio que se quisiese hacer en la ley vigente, además de hacerse por ley orgánica, tendría limitado el alcance porque yo creo que lo que nunca podría sería quitar del todo la facultad de decisión de la mujer. Es decir, podría por ejemplo rebajar el umbral de los plazos, que en la actualidad son 14 semanas, por ejemplo, a 12. Pero yo creo que lo que nunca podría ocurrir es que se volviese a un sistema como el que había antes, un sistema de indicaciones en el que la mujer no tenía libertad salvo que se encontrase en alguna de las situaciones previstas: grave peligro para su vida, malformación fetal o que hubiera sido violada", explica el catedrático.

"En la actualidad, insisto, se considera un derecho fundamental, tiene un recurso judicial preferente, tiene recurso de amparo y su limitación está condicionada", resume Presno.

¿Qué pasa si se lleva al artículo 43 de la Constitución, como propone el gobierno? "En primer lugar, deja de ser un derecho fundamental, eso no hay ningún género de dudas, porque pasaría a ser un principio rector de la política social y económica, pero no un derecho", apunta.

"En segundo lugar, ya no habría recurso de amparo, porque no es un derecho fundamental. En tercer lugar, el recurso que tendría una mujer para ir a los tribunales es un recurso ordinario, es decir no tendría preferencia. Y sobre todo, para mí lo más importante es que al estar ahí, el futuro legislador que quisiese regular la interrupción del embarazo, no solo podría hacerlo por mayoría simple, porque ya no sería una ley orgánica, sino que además tendría mucha más libertad para configurar la interrupción del embarazo", asegura.

Se volvería por tanto a un sistema de indicaciones, frente al sistema de plazos actual, y se "podrían introducir más limitaciones"

Para Presno, "el Gobierno, si quiere ser coherente con lo que dice y quiere blindar el derecho al aborto, lo que tiene que hacer es mencionarlo expresamente en el artículo 15. O introducir un artículo que sea un derecho fundamental. ¿Cuál es el problema? Que entonces habría que ir a una reforma mucho más complicado, que llevaría aparejada la disolución de las cortes y la convocatoria de elecciones". Algo, que evidentemente este Gobierno no quiere.

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