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Los jueces tumban el acuerdo pro Palestina de la Universidad

El fallo no entra a valorar el contenido del documento y señala un defecto procedimental

s. bernardo

Oviedo

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Oviedo ha estimado el recurso presentado por la asociación pro Israel Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) contra el acuerdo firmado entre la Universidad de Oviedo y UniOvi por Palestina en junio de 2024 al considerar que las personas firmantes bajo el epígrafe "Equipo Rectoral" "carecían de competencia para adoptar compromisos institucionales de ese alcance en nombre de la Universidad de Oviedo". El fallo no entra a valorar el fondo del posicionamiento político, sino que se centra en aspectos estrictamente procedimentales y de reparto competencial dentro del marco normativo universitario.

Desde ACOM subrayan que "los acuerdos de boicot contra Israel no son gestos simbólicos ni declaraciones políticas inocuas, sino actos discriminatorios que señalan y excluyen a personas e instituciones por su vínculo con el único Estado judío". La Universidad por su parte explica que "el documento no pretendía ser un acto administrativo, si no un acuerdo de intenciones" y señala que la sentencia no aborda el contenido del acuerdo, sino que centra su nulidad en la falta de competencias de las personas firmantes.

Destacan, además, que el fallo "no tiene impacto en la actividad académica, docente o investigadora de la institución, ni en su política de relaciones internacionales, que continúa desarrollándose con total normalidad dentro del marco legal y estatutario vigente", al tiempo que recuerdan "su compromiso con los Derechos Humanos de conformidad con el artículo 5 de sus Estatutos". El acuerdo pedía el reconocimiento del Estado palestino.

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