Multado con 200 euros por culpa de las bolsas de la compra: la Guardia Civil vigila el interior de los coches asturianos
También se sancionará con este mismo importe si esos objetos comprometen a la estabilidad del coche

Jota Caral / Manuel Riu
Muchas personas cuando hacen la compra en su supermercado de confianza suelen dejar las bolsas en la parte trasera o en el asiento del copiloto. La realidad es que esta acción, muchas veces realizada por las prisas o por costumbre, es perfectamente sancionable.
De hecho, en una época de desplazamientos o de viajes de fin de semana, muchas personas según llegan a su destino primero pasan por el super para quitárselo de encima cuanto antes. Por ello, como llevan el maletero lleno, no queda otra que llevar las bolsas en el interior. Desde la DGT se deja bien claro que llevar cualquier objeto suelto en el interior del coche es muy peligroso, tanto para el conductor como para los ocupantes. Así pues, este organismo recomienda que no se deben llevar objetos sueltos en el coche por razones de seguridad, ya que estos pueden convertirse en proyectiles peligrosos en caso de un frenazo brusco, maniobra de emergencia o accidente.
Algunas razones principales de todo esto son el riesgo de lesiones debido a que los objetos sueltos dentro del vehículo pueden salir despedidos a gran velocidad. Además, los objetos sueltos pueden distraer al conductor si comienzan a moverse o hacer ruido mientras se conduce. Esta distracción puede ser suficiente para que el conductor pierda la concentración y provoque un accidente.
Si un objeto suelto cae bajo los pedales o se mueve en la cabina, puede interferir con los controles del vehículo. Por ejemplo, un objeto que se desplace bajo el pedal de freno podría impedir que el conductor lo accione adecuadamente en una situación de emergencia. Cabe mencionar que no solo se sanciona por las bolsas de la compra, sino que también pueden ser paquetes o semejantes. Así pues, desde la DGT se estipulan una serie de sanciones en cuanto a este ámbito.
Primero, se debe destacar que esta infracción queda estipulada en el Reglamento General de Circulación, más concretamente en el artículo 14. Por ello, si los objetos no van bien sujetos en el interior del vehículo, la multa puede ascender hasta los 200 euros. También se sancionará con este mismo importe si esos objetos comprometen a la estabilidad del coche, algo que de hecho está estipulado concretamente en ese artículo 14.
Por otra parte, existe una sanción de 80 euros por manipular o recolocar algún objeto dentro del vehículo. No obstante, esta sanción no aparece como tal en el Reglamento General de Circulación, pero si que es interpretable por los agentes de tráfico. Al igual que con el calzado, si los agentes consideran que este acto puede ser perjudicial para la seguridad, te llevarás una multa.
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