Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

Una sentencia del juzgado da la razón a los conductores y obliga a la devolución de puntos y pago de hasta 300 euros por el radar 'foto-rojo': cómo afecta a los asturianos

Automovilistas Europeos Asociados advierte de la gravedad penal de esta situación, ya que muchos conductores podrían estar circulando con un saldo de puntos irreal, enfrentándose a posibles delitos contra la seguridad vial o pérdidas de vigencia del carné basadas en sanciones mal tramitadas

Señal de advertencia de fotorrojo de la glorieta de San Lázaro. IMAGEN DE ARCHIVO

Señal de advertencia de fotorrojo de la glorieta de San Lázaro. IMAGEN DE ARCHIVO / David Cabo / LNE

Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid ha puesto en entredicho el sistema de multas impuestas mediante el sistema 'foto-rojo' y condena al Ayuntamiento de Madrid a devolver los puntos a un automovilista porque la multa no estaba bien notificada, según Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

La asociación sostiene que, además, condena al consistorio madrileño al pago de 300 euros de costas judiciales. El fallo obliga al consistorio a devolver los puntos que se le quitaron a un automovilista debido a defectos en la notificación de la multa, sentando un precedente que, según AEA, podría beneficiar a cerca de 10.000 conductores.

Este proceso fue impulsado por AEA cuando un ciudadano constató que le habían detraído 4 puntos y sancionado con 200 euros por, supuestamente, rebasar un semáforo en rojo en la Avenida del Mediterráneo. El afectado nunca recibió la notificación personal de la infracción. Según AEA, aunque el Ayuntamiento alegó la publicación en el BOE, el Tribunal Económico-Administrativo Municipal (TEAM), ya había anulado la parte económica al considerar que la notificación no fue legal.

Inicialmente, el Consistorio madrileño se negó a devolver los puntos, argumentando que el TEAM solo tenía competencias sobre la cuantía económica y no sobre el saldo de la DGT. La resolución indica que si la notificación no es eficaz, la sanción no es firme y, por tanto, no puede ejecutarse ninguna de sus consecuencias. Además, ordena a la Administración comunicar a la DGT la anulación para que el conductor recupere sus 4 puntos de inmediato.

El presidente de la AEA, Mario Arnaldo, ha celebrado el éxito jurídico contra lo que denomina un "argumento perverso" de la administración. Explicó que, en el caso de que una multa no esté bien notificada, "no solo hay que anular el pago, sino también la 'mochilita de puntos' que la acompaña".

AEA advierte de la gravedad penal de esta situación, ya que muchos conductores podrían estar circulando con un saldo de puntos irreal, enfrentándose a posibles delitos contra la seguridad vial o pérdidas de vigencia del carné basadas en sanciones mal tramitadas.

La organización recuerda que la notificación vía edictal (BOE) debe ser un recurso excepcional. Según la doctrina del Tribunal Constitucional, la Administración debe agotar la diligencia mínima para localizar al infractor en otros registros públicos antes de publicar la sanción de forma masiva y anónima.

El llamado sistema de foto-rojo consiste en la instalación de cámaras en determinados semáforos con la finalidad de comprobar si los vehículos se detienen o si rebasan el semáforo en fase roja. Estas cámaras se ubican en un soporte a 25 metros de distancia de la línea de detención de los coches para encuadrar completamente la imagen de los coches como la de la propia luz roja del semáforo.

Una cámara de infrarrojos que permite capturar la matrícula del vehículo de día y de noche, y otra cámara de color que toma cinco fotografías del cruce del vehículo, en las que se pueda distinguir la marca, modelo y color del vehículo además de la matrícula.

Tracking Pixel Contents