No está probado que zarandeasen a su bebé: absueltos unos padres asturianos que perdieron la custodia de su hijo acusados de maltrato
Un juzgado penal entiende que los médicos no se ponen de acuerdo, ve dudas razonables sobre lo sucedido y pide devolver el menor a sus progenitores

El Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA). / Irma Collín

La sección de lo penal, plaza número 1 del Tribunal de Instancia de Avilés, a la vista de los informes y declaraciones, ha exonerado a un matrimonio avilesino acusado de causar lesiones graves por imprudencia a su bebé de mes y medio de edad. Hace cinco años, el 3 de diciembre de 2020, después de que fuese llevado al Centro de Salud de Sabugo, y luego al Hospital San Agustín de Avilés y a la UCI Pediátrica del HUCA de Oviedo con somnolencia y falta de respuesta a estímulos, el bebé fue diagnosticado con el "síndrome del niño zarandeado", al descubrírsele un hematoma subdural y hemorragias retinianas y otras lesiones compatibles con ese tipo de maltrato infantil.
El caso fue instruido por el Juzgado número 3 de Avilés, y llegó finalmente al Juzgado de lo penal número 1 de Avilés, presidido por la magistrada Olga Vara García, quien concluye ahora que la defensa, a cargo del letrado Antonio Cifuentes, del despacho Botas Asociados, ha introducido un elemento de duda suficiente como para absolver a los padres del niño, que recobrarán la custodia del menor una vez que la sentencia sea firme en unos días.
En diciembre de 2020 se abrió el protocolo por maltrato después de que dos pediatras del HUCA, y luego una oftalmóloga, advirtiesen unos daños en el menor compatibles con el síndrome del niño zarandeado. Como medida cautelar, se retiró la patria potestad y la custodia del bebé a los padres, de unos 35 años cuando se produjeron los hechos. La custodia se atribuyó al Principado, acordándose luego un régimen de acogimiento del menor, declarado en desamparo, a favor de sus abuelos maternos. Los padres se amoldaron estos cinco años al régimen de visitas del niño.
La vista del juicio tuvo lugar el 16 de diciembre de 2025 y el 12 de enero de 2016. Según el tribunal todas las lesiones son objetivas, y lo que se plantea es una discrepancia entre los médicos que diagnosticaron el síndrome de niño zarandado y los facultativos que realizaron un informe por encargo de la defensa; según los cuales, las lesiones son compatibles con el hecho de que el menor fuese extraído en el parto con ventosa y se le hubiese caído en el baño al padre tras un atragantamiento, tal como sostienen los progenitores.
De las declaraciones y de la prueba pericial practicada en el juicio se llega a la conclusión de que existen "opiniones médico legales completamente dispares sobre el origen de las lesiones" del menor. El médico del centro de salud de Sabugo y los dos facultativos que atendieron al bebé en el HUCA indicaron que "no hay duda" de que las lesiones fueron producto de varios zarandeos continuados en el tiempo. También el médico forense que emitió informe del caso. Una de las médicas admitió no obstante que las hemorragias retinianas de los menores zarandeados son bilaterales, aunque en este caso las lesiones aparecieron en un solo ojo.
Por contra, "dos peritos de alta cualificación profesional y un abultado currículo", aunque admiten que el diagnóstico fue correcto, estiman que las lesiones pudieron producirse por otras razones que las del zarandeo. Uno de los motivos es la rápida recuperación del niño una vez evacuada la sangre que tenía retenida. Entre los que sostienen que hay otras razones para explicar las lesiones del menor está el jefe de unidad de neurología pediátrica del servicio de pediatría del HUCA. Este perito resaltó que no se realizó un diagnóstico diferencial una vez estabilizado el paciente, obligado para cumplir el protocolo y evitar una acusación tan grave como a la que se enfrentaron los padres del niño.
Los dos padres negaron haber maltratado al bebé. El padre admitió que había realizado una maniobra a su hijo por un atragantamiento, y se la había caído en el baño, golpeándose la cabeza. Ambos padres se mostraron coherentes entre sí y no se acusaron el uno al otro.
El tribunal concluye que no ha quedado acreditado que los padres zarandeasen al bebé, motivo por el que debe aplicar el principio de "in dubio por reo" y absolverlos. El menor tendrá que ser devuelto a sus padres, si en los próximos días no hay un recurso a la sentencia por parte del Principado.
Suscríbete para seguir leyendo
- Gran despliegue en el HUCA para trasladar a otras comunidades los órganos donados por un adolescente asturiano
- Multado con 200 euros tras colocar la baliza v-16 en una avería en autovía pero no tener la espuma en el maletero: la Guardia Civil vigila a los conductores asturianos
- 6,50 euros: el dinero que ofrece Adif a una joven ganadera asturiana por dejar su explotación y que no da 'ni para un saco de pienso
- Atención conductores asturianos, pone 10.000 multas en 3 días: la DGT estrena nuevo radar
- El duro escrito de más de cien católicos asturianos contra el Arzobispo por sus críticas a la regularización de inmigrantes: 'Nos sentimos avergonzados
- El barrio más caro y más barato para vivir en las ciudades de Asturias: la diferencia es de 2.740 euros el metro cuadrado
- Jornada caótica en las cercanías asturianas: trenes cancelados, retrasos de más de una hora y 'averías' en la infraestructura
- Un herido y cuatro coches dañados al perder un camionero drogado su carga de troncos de madera en la Autovía entre Villaviciosa y Ribadesella