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Supermercados y distribuidores critican la regulación de Asturias a las bebidas energéticas: "Es incoherente y desproporcionada"

Las asociaciones de distribuidores alertan sobre la fragmentación del mercado que provocan las normativas del Principado y Galicia, que establecen diferentes edades mínimas para la compra de bebidas energéticas dentro del territorio nacional

Estantería de bebidas energéticas en un supermercado, en una imagen de archivo.

Estantería de bebidas energéticas en un supermercado, en una imagen de archivo. / SOLSTOCK

Sara Bernardo

Sara Bernardo

Una medida “incoherente y desproporcionada”. Así califican la Asociación Española de Distribuidores, Autoservicios y Supermercados (ASEDAS) y la de distribución ANGED las iniciativas legislativas impulsadas en Asturias y Galicia para regular la venta de bebidas energéticas a menores. En el caso del Principado, el Parlamento está a punto de aprobar una ley que fija la edad mínima de compra en los 16 años, mientras que Galicia ya ha elevado ese límite hasta los 18. “Un chaval de 17 años podrá comprar una bebida energética en Asturias, pero no en Galicia, a pocos kilómetros de distancia”, critican desde ambas asociaciones.

Para las asociaciones, esta situación supone una "ruptura injustificable del principio de unidad de mercado", al establecer normas distintas para un mismo producto dentro del territorio nacional. “Lo que está ocurriendo es insólito en España y genera una fragmentación del mercado interior que perjudica tanto a las empresas como a los consumidores”, advierten.

En el comunicado recuerdan que, si bien se ha debatido sobre la conveniencia de limitar el consumo de estas bebidas por motivos de salud pública, no existe ninguna justificación para que esa edad mínima no sea homogénea en todo el país. De lo contrario, alertan, se generarán "nuevas cargas burocráticas y operativas que recaerán exclusivamente sobre el sector de la distribución".

En el caso asturiano, el problema se agrava por la complejidad que introduce la futura norma en el trabajo diario de los empleados de supermercados. “El personal de caja tendrá que comprobar dos edades distintas a partir del DNI: 16 años para las bebidas energéticas y 18 para el alcohol”, señalan. Una exigencia que, subrayan, añade dificultad al cumplimiento de la ley, aumenta el riesgo de errores y multiplica las situaciones de conflicto con los clientes.

Pero la principal preocupación del sector es otra de las medidas contempladas en el proyecto de ley asturiano: la prohibición de vender bebidas energéticas a adultos cuando vayan acompañados de menores. Según denuncian ASEDAS y ANGED, esta restricción no tiene precedentes en nuestro país y supone una intromisión en la esfera privada de los consumidores. “Un adulto podrá comprar alcohol en la cantidad que quiera si va acompañado de sus hijos, pero no una bebida energética”, ejemplifican.

Desde la distribución advierten de que esta norma es prácticamente imposible de explicar y aplicar en las líneas de caja y trasladará una presión injusta a los trabajadores, que deberán enfrentarse a situaciones de incomprensión y conflicto sin contar con herramientas claras para gestionarlas. “No se puede trasladar a los empleados la responsabilidad de hacer cumplir una regulación tan confusa y contradictoria”, insisten.

Por todo ello, las asociaciones del sector piden al Gobierno del Principado y a los grupos parlamentarios que reconsideren la ley e introduzcan las modificaciones necesarias para evitar una mayor carga de trabajo, costes desproporcionados y diferencias territoriales injustificadas. Recuerdan, además, que la distribución alimentaria "colabora desde hace años en la protección de los menores y la promoción de hábitos saludables, un compromiso que ha quedado demostrado incluso en los momentos más exigentes vividos por la sociedad en los últimos años", subrayan.

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