La Audiencia Nacional ordena expulsar de España a un preso yihadista marroquí por radicalizar a otros reclusos en la cárcel de Asturias
Condenado a seis años de prisión por enaltecimiento, adoctrinamiento y captación para Daesh, lideró protestas por supuesto trato discriminatorio y xenófobo hacia internos musulmanes, y encabezó la facción más beligerante, alentando a la insumisión y rechazo hacia funcionarios

Un módulo de la cárcel de Asturias. / LNE

La Audiencia Nacional ha acordado expulsar de España a un preso yihadista marroquí por adoctrinar a reclusos en la cárcel de Asturias. El preso, condenado en 2018 a seis años de prisión por enaltecimiento, adoctrinamiento y captación para Daesh, lideró protestas por supuesto trato discriminatorio y xenófobo hacia internos musulmanes, y encabezó la facción más beligerante, alentando a la insumisión y rechazo hacia funcionarios.
En febrero de 2023, el Secretario de Estado de Seguridad acordó la expulsión del territorio nacional del recluso por la comisión de una infracción muy grave de la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, por participar en actividades contrarias a la seguridad nacional. Dicho precepto tipifica como infracción muy grave «participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que pueden perjudicar las relaciones de España con otros países, o estar implicados en actividades contrarias al orden público previstas como muy graves en la Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana".
La decisión se basaba en una denuncia de la Comisaría General de Información, que repasaba el comportamiento del marroquí en los últimos años. El recluso había sido detenido en 2008 por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, motivo por el cual fue ingresado en prisión el 1 de octubre de 2010. Por dicho delito cumplió condena aproximadamente de un mes y medio, siendo puesto en libertad el 20 de noviembre de 2008.
Posteriormente, en el año 2017, volvió a ser detenido, esta vez por un delito de terrorismo. Como consecuencia, fue condenado a seis años de prisión por la Audiencia Nacional, en diciembre de 2018. Durante su estancia en prisión, se le hizo un seguimiento continuo de su conducta. Se pudo observar "un intenso proceso de radicalización", con diversos hechos. Por ejemplo, en agosto de 2017, puso interés en la fidelización de tres hermanos por ser jóvenes con creencias religiosas bastante firmes y con muy pocos o nulos recursos económicos, a los cuales utilizó como intérpretes en sus interacciones con los funcionarios de prisiones aun cuando había demostrado su perfecto dominio del castellano.
En agosto de 2018, se observó que utilizando cualquier excusa para protestar por trato discriminatorio y xenófobo hacia los musulmanes y cuando los funcionarios de prisiones le respondían, dejaba de hablar y entender el castellano y empezaba a utilizar a otros musulmanes de intérpretes. En septiembre de 2018, en el aniversario de los atentados del 11 de septiembre de las Torres Gemelas, invitó a doble ración de café al resto de internos musulmanes del departamento.
En diciembre de 2018, pasó de inculcar sus preceptos y formas de actuar y subió un escalón, pasando al control, ostentando entonces, el liderazgo de la facción más beligerante de los internos, no siendo estos los más religiosos. En febrero de 2019, se siguió observando que aprovechaba cualquier ocasión de interacción con los funcionarios para proclamar la injusticia que se está llevando a cabo con los musulmanes, alentando al resto de internos musulmanes a la protesta e insumisión.
En junio de 2019, pasado el ramadán, comenzó a realizar un ayuno de forma permanente dos días a la semana y pasó a rezar todos los días así como empezó a mostrar mayores hábitos de limpieza corporal. En febrero de 2020, usó recitaciones del Corán para, en sus enfrentamientos con otros internos, provocar a los demás musulmanes y darle un trasfondo religioso a todas las discusiones.
En el mes de noviembre de 2020, en la celda de otro reclauso, se encontraron anotaciones referentes a otros internos relacionados con el radicalismo islámico, entre los cuales estaba el yihadisyta marroquí. En el mes de octubre de 2021, se señaló la radicalidad religiosa y posición de liderazgo que presentaba el marroquí frente a otros internos musulmanes, lo cual queda de manifiesto al afirmar Instituciones Penitenciarias que otro interno, el cual también cumple condena por un delito de terrorismo, cambió su postura religiosa motivado por la influencia entre otros de yihadista marroquí, al que califica como bastante radical en cuanto al cumplimiento de los preceptos del Corán.
Instituciones Penitenciarias, en esta segunda etapa en prisión, calificó a recluso como una persona en la que destacaba un carácter manipulador. Y es que habría estado ofreciendo dinero a otros internos más permeables, con la finalidad de ganarse su confianza y así ejercer de líder en el módulo en el que se encontraba. De esta forma habría agrupado a internos musulmanes, los cuales a raíz de estar influenciados por el yihadista marroquí mostrarían una mayor radicalización de sus conductas.
Durante su estancia en prisión, continuaba la denuncia, el recluso mantenido en todo momento una férrea creencia religiosa, la cual no manifestó públicamente a diferencia de otros internos radicales. Instituciones Penitenciarias señala la animadversión que tiene recluso hacia España. La Administración considera que de las actuaciones practicadas se desprende de forma acreditada la comisión por el ahora recurrente de la infracción prevista, optándose por la medida de expulsión del territorio español, acompañada de la imposición de un periodo de prohibición de entrada por 10 años.
La directora del centro penitenciario asturiano corroboró que durante los casi seis años que estuvo ingresado, el recluso dejó patente su ascendencia sobre internos musulmanes, inculcando el cumplimiento estricto de preceptos religiosos, se valió de carisma personal y capacidad económica para ejercer liderazgo, especialmente en 2018 y 2019, en que lideró protestas alegando trato discriminatorio y xenófobo hacia internos musulmanes, encabezando la facción más beligerante, alentando a la insumisión y rechazo hacia funcionarios. Se caracterizó por su rechazo absoluto hacia los profesionales penitenciarios, jueces y fuerzas de seguridad, considerándolos como un grupo homogéneo represor de derechos musulmanes.
La defensa del recluso, a cargo Benet Salellas (abogado y político independentista que defiende a Santo Cerdán), rechazó el relato de hechos, y apeló a una vulneración de su presunción de inocencia y una supuesta infracción de ley por no haberse notificado la propuesta de resolución, con vulneración del procedimiento preferente de expulsión. Además, alegó una vulneración del derecho a la vida privada y familiar y el arraigo en España. Todos estos argumentos son rechazados por la sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional, que ratifica la decisión de expulsión dictada por la Administración.
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