El Ministerio de Trabajo lo confirma: el permiso por fallecimiento de un familiar pasará de 2 a 10 días
El nuevo acuerdo incluirá además dos permisos nuevos, uno de ellos de 15 días para el cuidado de seres queridos

Un calendario
El Ministerio de Trabajo ha confirmado este martes que trabaja para lograr este año una ampliación del permiso por fallecimiento de un familiar, pasando de los 2 días actuales a los 10. Según explica el departamento liderado por Yolanda Díaz, el nuevo acuerdo incluiría además dos permisos nuevos. Por un lado, 15 días laborables para el cuidado de familiares bajo cuidados paliativos, y un día "para acompañar a una persona cuando vaya a recibir la prestación de ayuda para morir (eutanasia), con independencia de la existencia de vínculo familiar, si has sido designada para dicho acompañamiento".
Aprovechando esta novedad, Trabajo recuerda todos los permisos retribuidos que todo trabajador o trabajadora tiene este 2026 en España. En primer lugar está el nuevo permiso de maternidad y paternidad.
Permiso de maternidad y paternidad
Hasta 19 semanas de permiso por nacimiento y cuidado de menores, y hasta 32 en el caso de familias monoparentales. Ese es el gran avance para padres y madres en España, que el Gobierno aprobó el pasado mes de julio y que se está aplicando ya en todo el territorio nacional. Además, dos de esas semanas se pueden disfrutar hasta que el hijo o la hija tenga 8 años (son cuatro en el caso de hogares monoparentales). A ello se podrán acoger retroactivamente las familias cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Este derecho se puede solicitar desde el pasado 1 de enero de 2026.
De esta forma, la prestación crece y pasa de 16 a 19 semanas en la mayoría de los casos, y se duplica para las familias monoparentales. Las nuevas tres semanas retribuidas, que serán gestionadas también por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), se articulan de la siguiente manera. La prestación se incrementa hasta las 17 semanas y será de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores (28 en el supuesto de familias monoparentales) durante los primeros 12 meses del bebé, o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar en el primer año, a partir de la resolución judicial o administrativa.
Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda. Además de todo lo anterior, las familias podrán disfrutar de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.
Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda se ha producido a partir 31 de julio de 2025 se pudo solicitar ya desde el pasado verano al INSS las 19 semanas que son de igual duración para ambos progenitores. Sin embargo, para los nacidos entre el 2 de agosto de 2024 y el 31 de julio de 2025, estas dos semanas adicionales se pueden solicitar con carácter retroactivo desde hace poco más de un mes.
Fenómenos meteorologicos adversos
Los trabajadores tienen 4 días de permiso cuando no pueden acudir a su puesto por restricciones oficiales de movilidad o por situaciones de riesgo grave e inminente, como catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos.
Formación
Son 20 horas de permiso para formación para los que lleven al menos un año en la empresa. Se puede acumular por un periodo de hasta 5 años (100 horas), según el Ministerio de Trabajo.
Enfermadad
Son 5 días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o pariuentes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, inclusoi el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona que acredite la convivencia.
Además de ello, los trabajadores españoles tienen 4 días al año por causa de fuerza mayor, por motivos familiares urgentes de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Y por el tiempo indispensable para la realización de los actos preparatorios de la donación de órganos o tejidos.
Otros permisos cotidianos
El Ministerio de Trabajo recuerda que todos tenemos derecho a 15 días naturales por matrimonio o registro de pareja de hecho, un día por mudanza del domicilio habitual, por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, y para realizar funciones sindicales o de representación del persona.
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