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Atención asturianos: el BOE publica el nuevo documento que hay que tener ya para evitar una multa de 600 euros

“La llegada de esta nueva normativa exige preparación, conocimiento y seguridad jurídica"

GUARDIA CIVIL DE TRAFICO

GUARDIA CIVIL DE TRAFICO / 13fotos / CORUÑA

Los patientees eléctricos cada vez son más numeros esn pueblos y ciudades. Ya es habitual ver a los usuarios circular con este vehículos de movilidad perosnal (VMP) entre coches y calles. El pasado 30 de enero se publicó en el BOE la nueva normativa relacionada con los Vehículos de Movilidad Personal que establece que todos los VMP deben estar inscritos en el Registro Nacional de Vehículos (RNV) y disponer de una etiqueta identificativa, entre otras medidas.

“La llegada de esta nueva normativa exige preparación, conocimiento y seguridad jurídica en su aplicación. Los agentes necesitan herramientas técnicas y criterios homogéneos para afrontar un fenómeno que tiene un enorme impacto social en nuestras ciudades”, señala Guillermo Magaz, director gerente de AECA-ITV. Según el Reglamento General de Vehículos, son aquellos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h y que sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado. No pueden circular a más de 25 km/h, velocidad a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo, y dispondrán de un sistema de antimanipulación. También tienen que tener un indicador de información visible de la velocidad y del nivel de batería.

Todos deben contar con dos frenos independientes y los de más de dos ruedas, también con un freno de estacionamiento. Están equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). La luz de freno debe estar diferenciada o combinada con la luz trasera.

Los dedicados al transporte de mercancías u otros servicios, deben llevar instalados obligatoriamente intermitentes delanteros y traseros, retrovisores y asistente de marcha atrás. Es obligatorio disponer de un avisador acústico y, en el caso de éstos, de un avisador de marcha atrás también.

Los VMP de menos de tres ruedas tienen que llevar una pata de cabra lateral o un caballete central. De esta forma se evita que queden caídos en medio de las calles.

Los usuarios de este vehíoculos deben tener en cuenta que desde finales de enero que circular con un patinete eléctrico (VMP) sin seguro obligatorio conlleva multas de entre 250 y 800 euros, según las nuevas normativas de la DGT de 2026. Además de la sanción económica, el vehículo puede ser inmovilizado. Carecer del seguro, aunque no se esté circulando, también se sanciona con multas menores.

Desde la DGT se recomienda que el ciudadano que quiera adquirir un VMP consulte su página web donde encontrará las marcas y modelos que ya han sido certificados

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